martes, 6 de diciembre de 2016

Historia de Alhaurín de la Torre: Francisco de Barrionuebo compra una casa en el Albaisín, en el lugar de Alhaurín da la Thorre. 1692

Este texto que hoy rescatamos virtualmente del olvido forma parte de un documento mucho más amplio que se encuentra dentro de los fondos pertenecientes a Conde de Puerto Llano (Puertollano, según el documento que examinemos), posteriormente Ducado de Arcos y finalmente Ducado de Fernán Núñez.

Fachada del Archivo Histórico Nacional, Sección Nobleza en Toledo.

Este fondo documental ingresa en el Archivo Histórico Nacional gracias a un convenio entre el estado español (ministerio de Cultura) y  D. Manuel Falcó y Anchorena (último Duque de Fernán Nuñez) por el que se deposita el archivo familiar en la institución y cuya documentación está comprendida entre las  fechas de inicio del año 1168 y llegan hasta el año 1966.

Este fragmento de texto forma parte del documento signado como Archivo Histórico Nacional, Sección Nobleza, Fondo Fernán Nuñez C 946.

En este fragmento de texto encontramos datos tan interesantes como la existencia y documentación del topónimo Albaicín (Albaisin) bien citado como calle o barrio allá por el año 1692 (aunque en otros textos que estamos examinando nos lo hemos encontrado en el primer cuarto del siglo XVII), y en este caso se trata del reconocimiento del pago de un censo impuesto sobre el solar que Francisco de Barrionuevo ( franco Barrio nuebo) heredó o más bien compró de su tía Josefa Morena y que estaba grabado con un censo anual a favor del señor Conde de Puertollano, aunque consta que el censo de este solar es más antiguo, pues en el epigrafe se cita como originario del Mayorazgo de Laso de la Vega.

Fragmento del Documento.


Es curioso el baile de nombres que recibe el lugar de Alhaurin de la Torre, arrabal de la ciudad de Málaga, que en este caso aparece citado como Alhaurin da la thorre.

Fragmento donde se cita a Francisco de Barrionuevo como vecino de Alhaurin de la Torre.


Se indica que la escritura la hace un escribano Real (Francisco García Calderón) y queda protocolada en el registro de un escribano público del número (Antonio Enriquez).


Transcripción del fragmento:

 

  1. Mayorazgo Laso de la Vega Censo perpetuo de Gallinas Alhaurin de la thorre Albaisin=
     
  2. Legajo 6º                                                                                           nº 147     1692
  3. francisco de barrio nuebo Vezino de Alhaurin da la/
  4. thorre paga dos gallinas por rason/
  5. de un solar de su propiedad de re[-]/
  6. dictos a el año perpetuas en el Albaisin/

  7. Josepha Morena fue poseedora de este solar y lo bendio a francisco de/
  8. Barrio nuebo su sobrino con el cargo de dichas dos gallinas que de su pro[-]/
  9. piedad se pagan al señor conde de Puerto llano perpetuas con de[-]/
  10. sima= y comisso= y demas condiciones y por parte de dicho señor le/
  11. fue pedido le reconociese por dueño de dicho censo como lo hiso por escrip[-]
  12. tura otorgada ante francisco garcia calderon escribano Real su fecha en/
  13. dicho lugar en 13 de jullio de 1692 años y se protocollo dicha escriptu[-]/
  14. ra en el oficio de Antonio henriques escrivano publico de este
    numero-------------------/

 -o-

Post Data: Hemos reproducido lo más fielmente posible la grafía, puntuación y pronunciación original.  A modo de explicación: el número que aparece delante de cada línea es el número de línea del texto dentro de la hoja,  la barra "/" indica cambio de línea en el texto original, cuando una palabra queda partida en dos líneas distintas se pone un guión entre corchetes [-], cuando hay una palabra en abreviatura si podemos rellenar la parte que le falta se hace con letras en cursíva, las palabras que aparecen juntas en el texto se separaran para una mejor comprensión, las letras separadas de una misma palabra se unirán también para mejorar la lectura del mismo; además, el subrayado de una línea indica última línea de una página, estas van numeradas, siempre que en el original exista, en el ángulo superior derecho en negrita, la "r" significa  parte de delante del folio o recto y la "v" significa parte de atrás de la hoja "vuelto", cuando alguna palabra o partes del texto son ilegibles o han desaparecido y son indescifrables son sustituidas por puntos suspensivos entre paréntesis. En negrita, en cursiva y entre paréntesis pequeñas indicaciones o aclaraciones para la comprensión general.

domingo, 4 de diciembre de 2016

Historia de Alhaurín de la Torre: Francisco Romero compra un solar en el barrio del Albaicín, año 1625.




Continuamos deshojando la historia de la población del lugar de Alhaurín de la Torre, contada a través del estudio del documento del Archivo Histórico Nacional, Sección Nobleza signado como C.946 Nos topamos con la compra/venta de un solar realizado entre Mariana López (aparece indistintamente citada como Mariana y como Marina) y su esposo Martín Muñoz como parte compradora e Isabel de Montoya como vendedora "yo la dicha marina lopez cassada con martin muñoz hubimos y compramos el un solar de la dicha ysabel de montoya". Lo que se conserva no es propiamente la escritura de la compra/venta sino que es la escritura de reconocimiento de censo posterior realizado por Francisco Romero y su esposa Mariana López (Martín Muñoz ha fallecido y Mariana se ha vuelto a casar) y del censo de cuatro gallinas anual y perpetuo que tenía el dicho solar, pues era uno de los tres solares del Barrio del Albaicín que inicialmente la dicha Isabel de Montoya había recibido mediante Cesión de Gutierre Laso de la Vega.

Fragmento de la hoja inicial.

Lo primero que nos aparece en el documento es la referencia a la Cesión anterior por parte de Don Gutierre Laso de la Vega de tres solares a Isabel de Montoya, que consta es viuda de Antón García de Lopera, por un censo anual y perpetuo de 12 gallinas, a razón de 4 gallinas por solar anual y de forma perpetua, consta además que los tres solares se encuentran en la "Calle Real", textualmente: "que lindan con eredamiento por todas partes del dicho Comendador y por medio de los solares la Calle Real". En la escritura de censo de Isabel de Montoya publicada en este blog aparece la que es sin duda alguna la referencia más antigua a la denominación de Calle Málaga como Calle Real, no nos olvidemos que estamos hablando del año 1537, topónimo que vuelve a repetirse en este texto.

Fragmento donde se cita la compra.

De momento hasta aquí parece claro, pero la cosa se complica un poco más. Según se desprende del texto de la relación entre Martin Muñoz y Mariana López debe de nacer al menos un hija: María Sánchez "una hixa mia nombrada maria sanchez que la tube del matrimonio del dicho martin muñoz mi marido". Martín Muñoz fallece (no consta la fecha del obituario) y Mariana López se vuelve a casar en segundas nupcias con Francisco Romero. 

El solar que compro con su primer marido es dividido en dos partes, una se la queda la nueva pareja formada por Mariana López y Martín Muñoz y la otra parte es entregada como dote a su hija María Sánchez y a su esposo Francisco Piña.

Está división no parece tener oposición ninguna por parte de Don Luis Laso de la Vega nieto de Gutierre Laso de la Vega, y el censo primigenio de 4 gallinas anuales y perpetuas se divide ahora en dos censos distintos de 2 gallinas por cada medio solar. El nuevo esposo de Mariana López reconoce el censo del medio solar y en otra escritura que posteriormente comentaremos Francisco de Piña y su esposa reconocen el censo de 2 gallinas a favor de Don Luis Laso de la Vega.

Continuando con la información que aporta la escritura, vemos como ambos medios solares tiene casas "anbos dos medios solares tiene sus moradas de casas e chozas" y se encuentran en el lugar de Alhaurinejo "lugar de alhaurinexo de la torre jurisdiçion y arrabal de la çiudad de malaga", en el Barrio del Albaicin "en el barrio que diçen el albayçin”, en la Calle Real.

Ambos solares tienen como linderos o vecinos colindantes a Juan Martín Casagrande y la viuda de Benítez:”por una parte con solar y cassa choza de juan martin Cassagrande y por la otra parte con casa de la viuda de Benitez"

Fincas colindantes.


La escritura de reconocimiento de Censo es firmada en Alhaurín de la Torre el día 29 de septiembre de 1625. "fecha y otorgada en el lugar de alaurinexo de la torre arrabal de la çiudad de malaga a veynte y nueve dias del mes de septiembre de myll y seisçientos y beynte y sinco años", siendo testigos: Francisco López y Alonso Rodríguez y Andrés Pérez y el escribano que la realiza es Francisco de Bustamante. 

Curiosamente consta que esta escritura es corregida con el original que está en el registro del dicho escribano el día  28 de noviembre de 1625 "veynte y ocho de nobienbre de mill y seys çientos y veynte y çinco años", un día antes de que físicamente se firme la misma.




Transcripción del Documento:

1.Alhaurinejo francisco romero/                                                 10
2. gallinas/
3. Sepan quantos esta carta de Reconocimiento de çenso y tributo perpetuo ynfi[-]/
4. tiosis vieren como nos francisco romero y mariana lopez su muger vezinos de este lugar/
5. de alhaurinexo de la torre jurisdiçion y arrabal de la çiudad de malaga. de/
6. çimos que por quanto gutierre lasso de la bega comendador del auito/
7. del señor santiago dio a zenso a ysabel de Montoya biuda de anton garcia/
8. de lopera ueçina que fue de esta çiudad tres solares en este/
9. dicho lugar que lindan con eredamiento por todas partes del dicho/
10. Comendador y por medio de los solares la Calle Real porque/
11. le auia de dar e pagar doçe gallinas de zensso e tributo de zensso/
12. perpetuo para siempre jamas cada un año dicho dia antes de la/
13. pascua de nauidad y con otras condiçiones penas y posturas/
14. contenidas en la dicha escriptura que de ello se hizo e se otorgo por/
15. ante alonso martinez taregano escrivano publico que fue del numero de esta ciudad/
16. el año pasado de mill y quinientos y treynta y ocho y la otorgo/
17. Simon de manzanares en nombre del dicho Comendador y con/
18. su poder y en este ofiçio suçedio alonso de jerez escrivano publico de este numero/
19. y de estos tres solares siendo yo la dicha marina lopez cassada con/
20. martin muñoz hubimos y compramos el un solar de la dicha ysa[-]
21. bel de montoya. El qual nos dio con cargo de pagar quatro gallinas/
22. de zensso e tributo perpetuo cada un año a el mayorazgo del/         4 gallinas
23. dicho comendador e yo case a una hixa mia nombrada/ (anotacion al margen)
24. maria sanchez que la tube del matrimonio del dicho martin/
25. muñoz mi marido con francisco de peña con quien de presente/
26. esta cassada. E le diendole el medio solar que yo tenia con/
27. cargo de que pagassen dos gallinas de zenso perpetuo a el/
28. dicho mayorazgo e yo me quede con el otro medio solar con/
29. el dicho cargo de pagar otras dos gallinas del dicho çenso perpetuo/
30. y anbos dos medios solares tiene sus moradas de casas e/
31. chozas y son en el Barrio que diçen el albayçin que linda/
32. por una parte con solar y cassa choza de juan martin/
33. Cassagrande y por la otra parte con casa de la viuda de/
34. Benitez y por parte de don luis laso de la bega. Caba/
35. llero del auito de Calatraba. mayordomo del sereni/
36. simo ynfante cardenal. heredero y subçesor en/
37. la cassa y mayorazgo del dicho comendador/
                                                                                              10v
1. del dicho comendador gutierre laso de la bega su quarto aguelo/
2. se nos a pedido le rreconoscamos por el dicho çensso y lo abemos tenido/
3. por bien por tanto yo la dicha marina lopez en presencia/
4. y con liçencia y exspresso consentimiento que ante todas cosas/
5. pido y demando al dicho francisco Romero para otorgar/
6. y jurar esta escriptura y lo en ella contenido E yo el dicho/
7. francisco Romero otorgo que doy la dicha liçençia a la dicha ma[-]/
8. riana lopez mi muger segun y para el efecto que me es[-]/
9. pedida e de ella buscando ambos a dos marido y muger/
10. juntamente y de mancomun y a bos de uno y cada uno de nos/
11. por si e por el todo ynsolidun rrenunsiando como/
12. como espresamente renunçiamos la ley duobus Rex/
13. debendi y el autentica presente derecho de jusoribus./
14. y el benefiçio de la dibision y escursion. y las demas/
15. leyes que son y ablan. En rrazon de la manco[-]/
16. munidad como en ella se contiene otorgamos/
17. por esta carta que rreconoçemos por dueño y señor/
18. del suelo y propiedad del dicho solar que fue dado/
19. a la montoya. A el dicho don luis laso de la bega/
20. a el qual y a quien en su poder y caussa obiere nos obligamos/
21. de dar e pagar dos gallinas de zenso y tributo per[-]/
22. petuo en cada un año ocho dias antes de cada pas[-]/
23. cua de nauidad buenas gordas castellanas cresti[-]/
24. bermejas y de dar y rrezibir puestas y pagadas/
25. en cassa del dicho don luis Lasso y hare primera paga/
26. con dos gallinas el dia de pascua de nauidad fin de este/
27. pressente año y la segunda ocho dias antes de la/
28. pascua de nauidad del año luego siguiente de myll y seiscientos/
29. y veynte y seis años y las demas pagas adelante por la /
30. misma horden para siempre jamas. Con las costas/
31. de la cobranza demas de lo qual nos obligamos de guar/
32. dar e cumplir todas las condiçiones penas y postu[-]/
33. ras deçimas e comisso de la escriptura prinzipal/
34. como si aqui fueran insertas e yncorporadas y para/
35. lo aber por firme obligamos nuestras personas y uienes muebles y Ray[-]/
36. zes abidos e por aber y damos poder cumplido a las justizias/
37. y juezes de su magestad para que a ello nos apremien como por sentenzia/
                                                                                          11
1. pasada en cosa juzgada y renunçiamos las leyes de nuestro/
2. fabor y las que prohibe la general rrenunciacion/
3. fecha de ley e non bala= E yo la dicha/
4. mariana lopez rrenunzio el benefizio/
5. del beliano y leyes del emperador justi[-]/
6. niano y las nuevas constituçiones y leyes/
7. de toro y las demas en fabor de las mugeres/
8. de cuyo efecto me auisso el presente/
9. escribano y por tanto las renunzio y juro/
10. por dios nuestro señor y la señal de la cruz/
11. de no me oponer contra esta escriptura/
12. por mi dote y arras y vienes multiplicador/
13. parra frenales y ereditarios y/
14. deste juramento no pedire absoluzion/
15. ni benefiçio de rrestituçion. En yntegrum/
16. a ningun juez ni perlado que me lo pueda/
17. conzeder y casso que me lo conzeda. no/
18. husare del sopena de perjura y de caer/
19. en casso de menos baler y no tengo fecho/
20. otro auto protestaçion ni juramento por adonde/
21. este se derogue. Y si tal pareziere que no balga/
22. en Juizio ni fuera de el por quanto declaro/
23. que esta escriptura pago y otorgo de my/
24. libre voluntad sin premio ni fuerza/
25. alguna. En testimonio de lo qual otorga[-]/
26. mos esta carta. ante el escribano de su magestad/
27. y testigos y en el Rexistro por no saber escri[-]/ (nota al margen)
28. bir a nuestro ruego lo firmo un testigo/              en 29 de septiembre
29. que es fecha y otorgada en el lugar de alau[-]/    año de 1625.
30. rinexo de la torre arrabal de la çiudad de/
31. malaga a veynte y nueve dias del mes de septiembre/
32. de myll y seisçientos y beynte y sinco años/

1. siendo testigos francisco lopez y alonso rodriguez/
2. y andres perez que juraron en forma de derecho /
3. conoçer a los otorgantes y que son los conte[-]/
4. nidos por nombres y personas = por testigo/
5. andres perez = francisco de bustamante escrivano-----/
6. fue corregido con el original que esta en mi registro de escritu[-]/
7. ras publicas e ba verdadero. en malaga en veynte y o[-]/
8. cho de nobienbre de mill y seys çientos y veynte y çinco años/
9. en fee de lo qual lo firme y signe/
10. en testimonio              de verdad/

               firma ilegible


Post Data: Hemos reproducido lo más fielmente posible la grafía, puntuación y pronunciación original.  A modo de explicación: el número que aparece delante de cada línea es el número de línea del texto dentro de la hoja,  la barra "/" indica cambio de línea en el texto original, cuando una palabra queda partida en dos líneas distintas se pone un guión entre corchetes [-], cuando hay una palabra en abreviatura si podemos rellenar la parte que le falta se hace con letras en cursíva, las palabras que aparecen juntas en el texto se separaran para una mejor comprensión, las letras separadas de una misma palabra se unirán también para mejorar la lectura del mismo; además, el subrayado de una línea indica última línea de una página, estas van numeradas, siempre que en el original exista, en el ángulo superior derecho en negrita, la "r" significa  parte de delante del folio o recto y la "v" significa parte de atrás de la hoja "vuelto", cuando alguna palabra o partes del texto son ilegibles o han desaparecido y son indescifrables son sustituidas por puntos suspensivos entre paréntesis. En negrita, en cursiva y entre paréntesis pequeñas indicaciones o aclaraciones para la comprensión general.

viernes, 2 de diciembre de 2016

Historia de Alhaurín de la Torre: Orígenes del Haza del Thexar, Calle del Tejar. Principios del siglo XVII


Principios del siglo XVII parece ser una buena época para la pequeña aldea o lugar de Alaurinexo de la Torre (una de las fuentes  consultadas del archivo de la nobleza lo cita textualmente como “aldea” en el año 1625), pues todo parece indicar que este pequeño núcleo rural se encuentra asentado como tal y va a más y su población y viviendas van progresivamente en aumento. 

 
Plano casco urbano. 1896.




Ya hemos comentado, en algunas entradas anteriores de este blog, como de una manera no oficial nuestras tierras, nuestro término municipal, se divide dentro de áreas de influencia de grandes familias de terratenientes, que sin ser señores feudales actúan como tal. A grandes rasgos,  y por no extendernos en demasía,  ya hemos hablado de la existencia del Mayorazgo de Cazalla que controla una parte muy importante del Valle de Sancta María, también hemos hablado del Mayorazgo de Puertollano, que a lo largo de la historia va a ir cambiando e incorporándose a otros Mayorazgos o grandes títulos: Mayorazgo de Gutierre Gómez de Fuensalida, Mayorazgo de Laso de la Vega, Condado de Arco… Y en la zona de la Vega del rio Guadalquivirejo tenemos la familia Bentimiglia (germen del Condado del Peñón de la Vega, 1696).

Fragmento reconocimiento de Censo en la Haza thexar.


Ese Mayorazgo de Puertollano es el propietario de todos los terrenos colindantes al núcleo o lugar de Alaurinexo, es más la inmensa mayoría de las casas que conforman esta población les pertenecen, son terrenos de su propiedad, que son cedidos mediante ciertas condiciones a tercero, a cambio de un pequeño alquiler reembolsable en gallinas anuales.


Según diversos textos examinados intuimos que, el villorrio de Alaurinejo, se encuentra en expansión, pero carece físicamente de espacio hacia donde expandirse, pues todos los terrenos circundantes son del Mayorazgo, por lo que la única manera de ir creciendo es que el Mayorazgo parcele determinados sectores de huerta como terrenos urbanos; ellos deciden hacia donde se expande el pueblo, es así en este momento, cuando surge la parte más moderna del pueblo, que el otro lado del Arroyo Blanquillo

Esta es la parte nueva y en expansión del núcleo urbano, es así como comienzan a manifestarse calles y huertas y topónimos nuevos tan sugerentes como:
  • Haza del Puñal.
  • Haza del Cauz Chico. 
  • Haza del Tejar.
  • Calle del Agua.
  • Calle del Tejar.  
  • Calle del Caos Chico. 
  • Calle de la Fuensanta(*).
(*) Cada uno de estos topónimos aparecen con distintas variantes ej: Haza del Thexar...
 
Fragmento del documento donde se cita la Calle del Agua.



Don Luis Lasso de la Vega, segundo de este nombre, conde de Puertollano, Caballero de la Orden de Calatrava, Corregidor de la ciudad de Granada, Mayordomo y Superintendente del Serenísimo Infante Cardenal, titular del Mayorazgo, decide repartir parcelas de 12 varas cuadradas y de 20 varas cuadradas (una vara castellana equivale a 0.835905 m) para hacer viviendas en la Calle del Agua, aunque en la documentos consta como terrenos originariamente pertenecientes al Mayorazgo de Gutierre Gómez de Fuensalida, lo que indica la antigüedad de la propiedad de los mismos a finales del siglo XIV o principios del siglo XV. 


La primera noticia de esta nueva parcelación y reurbanización aparece fechada en el año 1622 y poco a poco se va a ir generalizando apareciendo documentos fechados en los años 1626, 1628, 1634, 1635…


Hemos de considerar que está fecha es el origen de esta nueva calle o trama urbana que se encuentra al otro lado del Arroyo Blanquillo.


martes, 29 de noviembre de 2016

Historia de Alhaurín de la Torre: 400 años de historia del lugar de Alaurinejo de la Torre.

Actualmente me encuentro investigando, entre otros muchos proyectos e ideas, la colección de documentos del Fondo Fernán Núñez de la sección de la Nobleza del Archivo Histórico Nacional cuya sede se encuentra en la ciudad de Toledo.

Como ya sabéis el Condado de Puertollano pasará con el tiempo al ducado de Arco, para terminar finalmente bajo el linaje de la familia Fernán Núñez; este condado de Puertollano es inicialmente descendiente directo del Mayorazgo de Gutierre Laso de la Vega, que es quién realmente acapara nuestras tierras bajo su dominio.

En este archivo tenemos la historia de nuestro pueblo, de nuestras gentes, de quién se emancipa y pide un solar al Conde para hacer una nueva casa o choza y crear una familia, quién es hijo de quién, quién hereda de quién, quién vende a quién, pero todo siempre bajo la atenta mirada de la Institución del Mayorazgo de Puertollano que todo lo controla y supervisa.

Primera hoja del Censo de Diego Palacios, 1626.


El fondo archivístico de Fernán Núñez que se refiere a Alhaurín de la Torre es inmenso, y además no está precisamente muy bien ordenado y clasificado y ni mucho menos estudiado. A los más de 400 años de documentación hemos de añadir traslados y pérdidas significativas de documentos, sin embargo aun así es el yacimiento de información más importante de la historia de nuestro pueblo.

Como comentaba el cúmulo de información atesorado en este fondo es inmenso y puede llegar a abrumar, sin embargo hay que empezar a desentrañarlo exhaustivamente, pues es único para Alhaurín de la Torre.

Para que os podáis hacer una idea del volumen de información os pongo unos datos del legajo que me encuentro descifrando, el documento es el Legajo C.946, el cual consta de más de 1200 hojas de información única y exclusivamente de personajes que son censarios del Mayorazgo de Puertollano, de tierras única y exclusivamente de Alhaurín de la Torre, en el que podemos ver datos tan tremendamente interesantes para la dinámica y evolución de la población de la alquería de Alaulin de la Torre, como, cuando se hacen las calles, cuando cambian de nombre, quienes viven en cada calle, quién paga y quién adeuda Censos, quienes son los vecinos colindantes de cada vivienda...


Censo de Francisco de Barrionuevo, 1692. Barrio Albaicín.

En este documento C946 vamos a encontrarnos los siguientes vecinos o moradores de nuestro pueblo y los censos que los vinculan al Mayorazgo, con sus correspondientes escrituras, lo cual no quiere decir que no exista más información que este listado, pues indirectamente dentro de la escritura de un censo, o de una ejecución de Censo, pueden aparecer más de un vecino mencionado con sus posesiones, aun así es un buen comienzo y una buena muestra de lo contenido dentro del documento:

  1. Isabel de Montoya, año 1538
  2. Hernán Sánchez, año 1561
  3. Diego Hernán Sánchez, año 1572
  4. Pedro de Montoya, año 1595
  5. Benito Moreno, año 1599
  6. María Vázquez, año 1625
  7. Ana Jiménez, año 1625
  8. Francisco Romero, año 1625
  9. Francisco de Piña, año 1625
  10. Lucas Muñoz, año 1625
  11. Alonso Rodríguez, año 1625
  12. Diego Palacios, año 1626
  13. Alonso Pérez Ganadero, año 1628
  14. Bartolomé de la Cruz, año 1635
  15. Sebastián Gómez, año 1635
  16. Alonso Bermúdez, año 1674 
  17. Alonso Sánchez, año 1674
  18. Miguel Millán, año 1675
  19. Damián de la Oliva, año 1675
  20. Juana Muñoz, año 1681
  21. Mateo de Barrionuevo, año 1681 
  22. Juan Martin de Ávila, año 1681
  23. Juan Gutiérrez, año 1685
  24. Bartolomé de la Cruz, año 1687
  25. Francisco González, año 1687
  26. Sebastián Garcia de Ávila, año 1687
  27. Cristóbal Díaz, año 1687
  28. Juan de Linares, año 1687
  29. Fernando Moreno 1687
  30. Benito González, año 1687 
  31. María Jiménez, año 1687
  32. Francisco Herrera, año 1692
  33. Juan Fernández, año 1692
  34. Juan Ortiz, año 1692
  35. Miguel Pérez, año 1692
  36. Francisco de Barrionuevo, año 1692
  37. Francisco Navarro, año 1692
  38. Águeda García, año 1692
  39. Domingo Martín, año 1692
  40. Francisco Bernal, año 1693
  41. Bartolomé Cortes, año 1693
  42. Francisco Guillen, año 1693
  43. Francisco Osorio, año 1693
  44. Francisco Solano, año 1693
  45.  Pedro de Medina, año 1704
  46. Juan de Molina Gómez, año 1758
  47. Juan Delgado, año 1774 
  48. Francisco Serrano, año 1788
  49. Cristóbal Bernal, año 1788
  50. Antonio Fernández, año 1788
  51. Josef Barrionuevo, año 1788
  52. Francisco Leyva, año 1789
  53. Francisco González, año 1792
  54. Francisco Carrasco, año 1807
  55. Mariano García del Cid, año 1821 
  56. María Donaire, año 1829
  57. Joseph Gómez de Santaella, año 1829
  58. Isabel Moreno, año 1829
  59. Francisca Rivera, año 1830
  60. María Medina, año 1834
  61. María Ortiz, año 1835
  62. Isabel Moreno, año 1836
  63. Marcelo Rubio, año 1837
  64. Juan Fernández Roca, año 1837
  65. José Ruiz Sánchez, año 1840
  66. Francisco Ramón Vigar, año 1867

Bartolomé de la Cruz, 1635, Haza del Tejar.

Pero vuelvo a repetir que esto es una primera valoración pues hay algunas escrituras que nos hablan de hasta 15 personajes más, además del contenido en el titulo inicial, por lo que es difícil de hacer un cómputo total de los personajes citados en los mismos y de cuantificar la información contenida de relaciones parentales, linderos, pleitos y evolución urbanística de las calles y barrios citados, hasta no haberlo estudiado en conjunto y en profundidad.