jueves, 15 de diciembre de 2016

Historia de Alhaurín de la Torre: Lucas Muñoz registra un censo por un solar en Algaurinejo de la Torre, 1625.


Avanzamos un poco más en el Legajo C.946 y nos vuelve a aparecer otra escritura de reconocimiento de Censo, esta vez realizada por Lucas Muñoz que consta que es vecino y morador del lugar de algaurinexo de la torre termino y arrabal de Malaga. 
 
El reconocimiento de Censo esta impuesto sobre un medio solar con casa /choza que hereda de su abuela Ana López,  en el barrio del Albaicín. En el pleito de Francisco Romero y de su esposa Mariana López aparece como lindero el solar y casa de la viuda de Benítez, quizás esta Ana López sea la misma persona.


Este medio solar linda con solar y casa choza de Alonso Rodríguez con quien partió el solar entero y por el otro lado con Francisco de Piña, la escritura fue hecha y otorgada en el dicho lugar de algaurinexo a 29 de septiembre de 1625 testigos Diego de Palacios y Juan González. Andrés Pérez (mayordomo de Don Luis) vecinos de este lugar. Y la firma el escribano Francisco de Bustamante, figura copiada cotejada y corregida con el original el día 28 de noviembre de 1625.


Fragmento de la escritura de Lucas Muñoz.

Transcripción del documento:


1.Alhaurinejo         lucas muñoz lo de miguel ramos                 14

2.gallinas    

3.Sepan quantos esta carta de rreconocimiento de çenso perpetuo/

4.ynfitiosis vieren como yo Lucas muñoz veçino y morador de este lugar/

5.de algaurinexo de la torre termino y arrabal de la ciudad de malaga/

6.digo que por quanto yo hube y herede de ana lopez mi abuela un/

7.medio solar y en el tiene una cass choza de rama en este dicho lu[-]/

8.gar en el barrio del albayçin que linda con solar y casa choza/

9.de alonso Rodriguez con quien partio el solar entero y por/

10.la otra parte linda con solar y casa choza de francisco de piña/

11.sobre el qual dicho medio solar y choza la dicha ana lopez mi abuela/

12.pagaba dos gallinas de perpetuo cada año a el mayorazgo/

13.de gutierre laso de la bega Comendador de santiago que fue/

14.quien dio tres solares de adonde se ssaco este medio solar/

15.a ysabel de montoya buida de anton garzia de lopera/

16.por doçe gallinas de zensso perpetuo cada un año como/

17.lo dize la escriptura que passo ante alonso martinez taregano/

18.escribano publico que fue de malaga. El año passado de myll y qui[-]/

19.nientos y treynta y ocho años y yo no e reconoçido por/

20.este zensso hasta agora que por parte de don luis lasso/

21.de la bega. Caballero de la horden y abito de calatraba/

22.mayordomo del serenisimo ynfante cardenal de las/

23.españas heredero y subçessor en la cassa y mayorazgo/

24.del dicho comendador gutierre lasso de la bega su quarto /

25.aguelo se me a pedido le rreconozca por el dicho çensso e yo lo e/

26.abido e tengo por bien. por tanto digo que rreconozco/

27.por dueño y señor del suelo y propiedad del dicho/

28.y lo en el edificado a el dicho don luis laso de la Bega/

29.a el qual como señor directo y a quien su poder y caussa obiere/

30.me obligo de dar e pagar dos gallinas de zenso y tributo/

31.perpetuo para siempre jamas ocho dias antes/

32.de pascua de nauidad de cada un año puestas y pa[-]/

33.gadas en las cassas de su morada. buenas gordas cas[-]/

34.tellanas cresticoloradas y de dar e rreçibir/

35.con las costas de la cobranza demas de lo qual me obligo/

36.a guardar e cumplir las condiçiones penas y posturas/

37.deçimas y comisso de la escriptura prinzipal de la/

38.daçion de este zensso como si aqui fueran ynsertas/

39.e yncorporadas y para lo aber por firme obligo/

         (anotacion al pie) Albaysin/



1.mi persona e vienes abidos e por aber y doy poder/

2.a las justiçias e juezes del Rey nuestro señor de quales/

3.quier partes que sean para que a ello me apremien/

4.como por sentenzia passada en cosa juzgada/

5.y rrenunzio las leyes de mi fabor y la que pro[-]/

6.hibe la general rrenunçiaçion fecha de leyes En/

7.testimonio de lo qual otorgue eesta carta ante el escribano/

8.de su magestad y testigos y en el Rexistro por no saber/

9.escribir a mi rruego lo firmo un testigo que es fecha y otorgada/

10.en el dicho lugar de algaurinexo termino y arrabal de la çiudad

11.de malaga a beynte y nuebe dias del mes de septiembre/

12.de mill y seisçientos y ueynte y çinco años siendo testigos/

13.diego de palacios y juan gonzalez y andres perez/

14.mayordomo del dicho don luis laso de la bega vecinos de este/

15.lugar que juraron a dios y a la cruz en forma de derecho/

16.que conoçen a el otorgante. que es el contenido por nombre/

17.y persona= por testigo andres perez = francisco/

18.de bustamante escribano-----------------------------------/

19.fue corregido con el original que esta en mi registro de es[-]/

20.crituras publicas e ba verdadero en malaga en/

21.veynte y ocho de nobiembre de mill y seysçientos y veyn[-]/

22.te y çinco años--/

23.En fee de lo qual lo firme y signe/

24.en testimonio de verdad/

25.           firma ilegible

  


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