sábado, 9 de junio de 2018

Expediente de la mina "Como quiera", Llano de la Plata 1849


Hoy día nueve de junio de 2018, para celebrar el día internacional de los archivos, quiero compartir con vosotros un documento sobre la minería en nuestro Alhaurín de la Torre, fechado en esta ocasión en 1849. 

Examinamos un documento conservado en el Archivo Histórico Provincial de Málaga cuya signatura es:  A.H.P.M. Legajo 4451.


 


Galería interior de una de las minas del Llano de la Plata.

En su interior nos encontramos diversa documentación de minas de Alhaurín de la Torre y entre esa documentación destaca el expediente o solicitud, para la concesión de permiso minero, de un terreno en el Llano de la Plata de nuestro término Municipal, dicha concesión aparece denominada "Comoquieras".



A su vez, como no podía ser de otra manera en el interior de este documento, hay varias referencias a otros documentos que reflejan la propia tramitación de la licencia minera, y todos los pasos intermedios administrativos que acaban con la adjudicación de la licencia el día 23 de septiembre de 1843.



Antonio Guerrero, en representación de Nicolás Pérez, solicita permiso para abrir una nueva explotación minera en el Llano de la Plata, esta nueva explotación consta linda con las minas:
    • San José
    • Torrijos
    • Manzanares
    • Atalaya
    • Santo Tomas
    • Santa Rita.



 

Hoja primera del documento.

El proceso de conseguir una licencia minera no era precisamente rápido que digamos, después de concedido el permiso había que trasladarse físicamente a la zona y marcar la explotación, cosa que se hace el 24 de septiembre de 1844.

Posteriormente, la documentación era examinada en la Dirección General de Minas en Madrid, y si todo era correcto devuelto el expediente a Marbella, en este caso esto ocurre el día 30 de abril de 1847.

Se devuelve a Marbella y no a Málaga porque la demarcación territorial de minas de la provincia estaba en Marbella y no en Málaga, la mayor explotación minera de la provincia estuvo radicada en Marbella y por eso se desplaza la oficina principal de Málaga a esta localidad.




Fragmento de croquis del Itinerario con brújula de 1875, donde aparece el Llano de la Plata y la ubicación de esta mina.


A continuación, si más preámbulos pasamos físicamente a la transcripción del documento:

Archivo Histórico Provincial
Legajo 4451
Protocolo Notarial
Escribano José Ponce

Folio 386
Yo el infrascripto escribano de la reina
Constitucional publico en el número per
petuo de esta ciudad doy fé: Que por Don
Carlos Mendez de Sotomayor y Don José
Vigar de este domicilio se me ha recibi
do en el día de hoy un testimonio auto
rizando al parecer por Don Baltasar Maria
de Aguado escribano del número de la ciudad
de Marbella su fecha diez y ocho de Ju
lio de mil ochocientos cuarenta y siete
compuesto de siete fojas útiles, del que
resulta que en la inspección de minas
del distrito de esta provincia situada en
la expresada ciudad y ante el propio
escribano se formó expediente a solicitud
de Antonio Guerrero Ramos vecino de
Alhaurín el Grande como encarga
do de Don Nicolas Perez para el registro
de una mina plomiza situada

Folio 386v
en el llano de la Plata termino de
Alhaurin de la Torre lindando por levan
te con las minas San Jose y Torrijos
y la Atalaya, por poniente con la mi
na Manzanares y terreno franco, por
sur tambien con terreno franco y por
Norte con los mojones de las minas
Santo Tomas, San José, Santa Rita
y dicho Manzanares cuya solicitud pre
sento en siete de Octubre de mil ocho
cientos cuarenta y tres; y formado el
oportuno expediente, Despues de prac
ticadas diferentes diligencias que
aparecen insertas se vé el auto que
con el actuado que le sigue dice asi
Auto y Adjudiquese la mina titulada Co-
moquiera con los terrenos que les
corresponde según su designacion
a la parte de su registrador Ni
colas Perez vecino de Alhuarin el
Grande, a quien se hara saber
se halle el dia de mañana en

Folio 387
el sitio donde radica la referida mi
na, para lo que haya lugar; igualmente
que el perito nombrado por Decreto
anterior que lo es Don Francisco Clave
rino vecino de Malaga. Lo man
da y firmará el señor Inspector de
Minas de este distrito en la mi
na de Santa Rita Llano de la Pla
ta termino de Alhaurín de la Tor
re a veinte y tres de Septiembre de mil
ochocientos cuarenta y cuatro, por ante
mi el escribano. Doy fe= Aurelio Maestre,
Rafael Solero Requena-----------------------

Notificacion En el mismo punto y el referido día
Mes y año yo el infrascripto notifi
que y leí integramente el auto an
terior entregandole copia literal
a Don Francisco Claverino vecino de Ma
laga y a Nicolas Perez que lo es
de Alhaurin el Grande quedando
enterados y dispuestos a sus cumpli
miento en la parte que les corres
ponde firmen esta diligencia

Folio 387v
de que yo el escribano doy fe= Francisco Cla
verino Solero-------------------------------------

Demarcacion En el Llano de la Plata termino de la
y posesion villa de Alhaurin de la Torre y sitio
donde radica la mina titulada Co
moquieras el día veinte y cuatro de Se
tiembre de mil ochocientos cuaren
ta y cuatro, el Señor Inspector de Mi
nas de este distrito asistido del Perito
nombrado y de mi el presente escribano
en presencia del interesado, colindan
tes y testigos que abajo se expresaran
mandó se procediera al reconocimiento
y demarcación de la referida mina
y el perito hizo despues la manifes
tacion siguiente. El terreno se com
pone de las calizas intermedias
Dolomiticas que constituyen las
Sierras de Mijas, Tejea, Blanca
y otras de la provincia de Mála
ga con una capa de cuatro varas
de potencia compuesta de galena
mas o menos pura en direccion

Folio 388

de SE a NO e inclinación de cuaren
ta grados al SO lo que se reconoce
por medio de un pozo de veinte y tres
varas de profundidad. Para la demar
cacion desde la boca del pozo se tiró
la primera linea su dirección cinco
horas levante y longitud de once
varas colocando el primero mojon
que linda con la mina de San José
desde el cual se tiro otra direccion
ocho horas dos octavos Poniente y lon
gitud de cien varas colocando el se
gundo mojon que lindó con la mi
na Manzanares; desde el cual
se tiro otra en direccion dos horas
dos octavos colocando el tercero
mojon que lindó con terrenos
francos; desde el cual se tiro otra

Folio 388v
en dirección ocho horas dos octa
vas levante y longitud de cien varas
colocando el cuarto y desde este al
primero se midieron doscientas va
ras en direccion dos horas dos octa
vos norte con lo que quedo conclui
da la demarcacion. Acto continuo
el referido Señor Inspector dio pose
ion de la mina que se acaba de
demarcar a la parte de su regis
trador Nicolas Perez vecino de
Alhuarin el Grande el que la acep
tó en nombre de S.M. con arre
glo a la ley vigente sin haber
oposición por parte ni personas
alguna y firmado esta diligen
cia con el perito que ofreció pre
sentar el oportuno plano, D. Ma
nuel Billuga vecino de Málaga
como representante de la mina
San José D. Francisco Avila que
lo es de la de Manzanares y
Folio 389
testigos que supieron que lo fueron
Rafael de Luque vecino de Alhau
rin de la Torre, Francisco Carrasco
de igual vecindad y Francisco Lopez de
pendiente de la Inspeccion de Mi
nas del distrito residente de Mar
bella, todo lo cual yo el Escribano
doy fe= Amalio Maestre = Francisco
Abila Menor = Francisco Claverino = Nico
las Perez = Manuel Belluga = Testigo
Rafael de Luque = Rafael Solero
Requena------------------------------------------
Direccion general de minas = Ma
drid 27 de Abril de 1847 = vistas es
tas diligencias por el señor direc
tor general Don Rafael Cavani
llas, hallandolos arreglados a lo
prevenido los aprueba indicando que
despues de registradas en la secre
taria y tomadas razon en la sec
cion de la Contabilidad de la mis

Folio 389v
ma Direccion se devuelvan al ins
pector del distrito para que libre
de de ellas el correspondiente testi
monio al interesado se archiven con
venidamente = Benito del Callado Ar
damuy Escribano al folio 211 libro 4º
Hay una rúbrica Hay un sello =
Tomé razon Ignacio Gomez Negrete
Oficio Hay un sello que dice Direccion
General de minas = Con la apro
vacion de esta dirección general de
vuelvo a V el expediente de concesion
de una pertenencia en la mina
de plomo titulada Comoquieras
sita en termino de Alhaurin de
la Torre a favor de Nicolas Perez
para que con arreglo a lo preve
nido en el numero 102 de la ins
truccion provisional vigente con
los debidos efectos en esa Inspec
cion de su cargo = Dios y me

Folio 390
a V escribano S Madrid 30 de Abril de
1847 = Rafael Cavanillas = Sr ins
pector de minas del distrito de
Marbella = Mayo 7/847 = Acusese
e recibo a la Sociedad o su represen
tante y designe escribano para obte
ner el testimonio o titulo del
nº 102 de la ordenanza = Hay una
rubrica--------------------------------------------

Cumplimiento Cumpliose como se previene por la
direccion general de minas del Rey
no que se antecede el presente
Escribano deduzca testimonio de este
expediente con la relacion e incer
tas preciso para que sirva de ti
tulo de propiedad a la Sociedad
minera La Amistad a quien
pertenece la mina titulada

Folio 390v
Comoquieras y la entregue a su
representante en esta Don José Fer
nandez Corona a los fines opor
tunos verificado archivese en Se
cretaria el referido expediente. Lo
proveyó y firmará el Señor D. Jacin
to de Madrid Davila Inspector
de minas del distrito de esta pro
vincia de Malaga en Marbella
en quince de Julio de mil ochocien
tos cuarenta y siete = Jacinto de
Madrid Davila = Baltasar Ma
ría Aguado--------------------------------------------

Notificacion En el mismo dia pasé a la casa de
Don Jose Fernandez Correa de es
ta vecindad representante de la So
ciedad minera La Amistad y hallan
dole le notifiqué leí y dí copia li
teral del auto que antecede y de
la aprobación y orden que le mo
tiva quedó enterado y firmará
doy fe = Jose Fernandez Correa

Folio 391
Aguado--------------------------------

Lo relacionado mas por menor
aparecera del expediente a que se con
trae y lo inserto está conforme con
su original en el mismo a que me
refiero el cual devuelvo con esta firma
a la inspeccion para que se ar
chive. Y para que así conste a pe
ticion de Don Jose Fernandez Cor
rea representante de la Sociedad
minera Amistad ponga signo
y firmo este testimonio en Mar
bella a diez y ocho de Julio de mil
ochocientos cuarenta y siete = En
testimonio de verdad = Hay un Signo =
Baltasar Maria Aguado--------------------------
Lo relacionado mas expresamente
resulta del referido documento
el cual rubricado por mi de
volví a los interesados quienes
firman por su recibo y en cu
yo poder me remito. Y para

Folio 391v
que conste a petición de los mis
mos signo y firmo el presente
a dos de Mayo de mil ochocien
tos sesenta.

Jose Maria de Bigar E. Mendez
Sotomayor



Post Data: Hemos reproducido lo más fielmente posible la grafía, puntuación y pronunciación original.  A modo de explicación: cuando hay una palabra en abreviatura si podemos rellenar la parte que le falta se hace con letras en cursíva, las palabras que aparecen juntas en el texto se separaran para una mejor comprensión, las letras separadas de una misma palabra se unirán también para mejorar la lectura del mismo; además, el subrayado de una línea indica última línea de una página, estas van numeradas, siempre que en el original exista, en el ángulo superior derecho en negrita, la "r" significa  parte de delante del folio o recto y la "v" significa parte de atrás de la hoja "vuelto", cuando alguna palabra o partes del texto son ilegibles o han desaparecido y son indescifrables son sustituidas por puntos suspensivos entre paréntesis. En negrita, en cursiva y entre paréntesis pequeñas indicaciones o aclaraciones para la comprensión general.

lunes, 4 de junio de 2018

Historia de Alhaurín de la Torre: Tal día como hoy 15 de junio de 1489.

En la guerra de reconquista que emprenden los Reyes Católicos contra el reino nazarí de Granada, todos los terrenos conquistados pasan automáticamente a ser propiedad de la corona.

Los Reyes Católicos practican una política de acercamiento con sus vasallos, nobles y caballeros repartiendo lotes de propiedades de esos terrenos, a su criterio, a personajes de su entorno que han destacado por alguna habilidad especial, ya sea en el campo de batalla o en otros menesteres.



Piedra de molino junto al molino Colorao. 

El grueso de propiedades recae pues en su entorno más inmediato y en sus vasallos y consejeros más cercanos. En este fragmento de documento aparecen dos personajes allegados a la reina Isabel, por una parte tenemos a Juan Alonso del Castillo Secretario de Cámara de los Reyes Católicos, Capitán de la Guardia de sus Altezas, Escribano del Consejo, embajador a Muley Mahomad Abuhacen (rey de Granada)...
 
Gracias a su puesto en la corte regia poco después,  de la conquista de la capital, lo encontramos desempeñando diversas funciones para el Concejo de Málaga: Secretario del Repartimiento de Málaga, Regidor, Escribano Mayor, Sobrefiel, fiel de las Rentas de la Alhóndiga... 

Por otra parte nos encontramos con Toribio de la Vega, que también pertenece al sequito de los Reyes Católicos, y según las fuentes, desempeña el cargo de Cocinero Mayor de la reina y el cargo de Mayordomo.

Los Reyes Católicos conceden mercedes especiales a Juan Alonso del Castillo en las proximidades de la capital y en su entorno inmediato: Alcaide de Olías, 50 fanegas en Álora, donación de sitios para percheles cerca del Guadalmedina, 10 hazas en el camino de Málaga, un horno y mesón en la capital, tierras en Churriana, 100 fanegas de monte, posesiones en Benagalbón y Bezmiliana...

Recibe además una parte importante de los restos de la alquería de Alaulín, actual casco urbano de Alhaurín de la Torre, entre los que se encuentran dos molinos. 


Pasado un tiempo los Reyes Católicos rectifican estas donaciones, acortando sustancialmente lo contenido en las mismas.

Inicialmente se le conceden dos molinos de pan moler (harineros) de los existentes en este lugar de Alaulín y con la rectificación le quitan uno de ellos que pasa a ser donado a Toribio de la Vega cocinero Mayor de la Reina Isabel.

El 15 de Junio de 1489 Toribio de la Vega hace presentación de la cédula que le concede un molino y el repartidor Francisco Alcaraz le da la posesión del mismo.

A continuación trascribimos el documento:

 Folio 249r

"En quinze dias del mes de junio de LXXXIX años el dicho Toribio de la Vega estando Françisco de Alcaraz repartidor de sus altezas en el logar de Laolin termino de Malaga fizo presentaçion de la dicha çedula de sus altezas e pidio conplimiento della, e el dicho Françisco de Alcaraz la obedesçio con la reverençia devida e dixo que estava presto de la conplir segund en ella se contiene y sus altesas por ella lo mandan y en conplimiento della fue luego a un molino que esta ençima del dicho logar de los dos molinos que Juan del Castillo tenia el mas baxo e dixo que por quanto por un testimonio de requerimiento paresçia en como porque por la dicha çedula sus altesas mandan que se oviese de escoger quel tomaria el otro molino de la boveda de mas arriba, que dava e dio la posesyon del dicho molino d´abaxo de los dos al dicho Toribio de la Vega para que lo aya e tenga segund que en la dicha çedula se contiene. E el dicho Toribio de la Vega se llego a la puerta del dicho molino que estava çerrada……… entrar y en señal de posesyon quebro ……… ; e de todo en como paso pidio testimonio de posesyon en forma. Testigos Diego Cordero e Juan Navarro y Machin criado de la dicha señora reyna e Andres de Cuevas Ruvias vezynos de Malaga.

            \Casa y huerta/.

            E asimismo luego en continente el dicho Francisco de Alcaraz le fizo donaçion de una huerta que esta a las espaldas del dicho molino e de una casa qual el escogiese en el dicho logar ; e el dicho Toribio de la Vega escogio una que tenia señalada el dicho Juan del Castillo de que no tenia donaçion. Testigos los dichos.(1)

 


El tema de este molino no acaba aquí, pues Juan Alonso del Castillo se queja y reclama la prerdida ante los Reyes Católicos, y por segunda vez la reina Isabel concede y confirma la donación de este molino a Toribio de la Vega.




 -----------------------------------------------------------------------------------

(1)BEJARANO ROBLES, F. (1985) “Los Repartimientos de Málaga”. Tomo I. Universidad de Málaga.
Páginas 357 y 358. Folios 248v y 249.

jueves, 26 de abril de 2018

Alhaurín de la Torre: Tal día como hoy 22 de abril de 1635.




El día 22 de abril de 1635, la Condesa de Puertollano, doña María de Liguis se compromete, mediante la firma de escritura pública, ha hacer una donación de cierta cantidad de dinero al Convento de la Fuensancta del Valle, de Alhaurín de la Torre.

Los frailes mínimos del mencionado convento de la Fuensancta, a cambio de esa donación, se comprometen a hacer dos misas cantadas al año a su memoria.

 

Arco de entrada a la iglesia del edificio conventual de la Fuensanta. Siglo XVI.


En esta época era muy habitual hacer testamento y donar una cantidad de dinero a la iglesia, o al convento del lugar, para que el sacerdote o los frailes realizaran servicios litúrgicos, misas, por el alma de los testamentarios.

Estas donaciones suelen ser de mayor o menor cuantía en función del poder económico del difunto.



Fragmento del texto que hoy describimos.


Esta información aparece reflejada en un documento conservado en el Archivo Histórico Nacional, en su sección de la Nobleza, en los fondos Fernán Núñez, y la signatura del documento es FERNÁN NÚÑEZ, C 0955 D 0007. Estos fondos se encuentran en la ciudad de Toledo.


Este documento, en sí, es una especie de índice con una pequeña explicación de otros documentos que pertenecen al condado de Puerto Llano, luego casa de Arco y posteriormente a la de Fernán Núñez.

Transcripción:



Otra escriptura que otorgo misa la Condesa doña
Maria de Liguis en que doto una memoria
de dos misas cantadas en cada un año
al Comvento de la Fuensanta en 22 del mes de
Abril de 1635, años; No se save el escribano.

sábado, 24 de marzo de 2018

Alhaurín de la Torre: Tal día como hoy 2 de septiembre de 1852.

Gracias a las nuevas tecnologías hoy en día podemos examinar muchísima documentación antigua online. 

Es cuestión simplemente de echarle horas de ordenador y de visualización y se encuentran noticias referentes a Alhaurín de la Torre, como de cualquier otro lugar.

Esas noticias no tienen que ser un punto de inflexión en lo que ya sabemos sobre Alhaurín, sino que más bien son noticias que inciden sobre aspectos ya conocidos de antemano.

Hoy os presentamos un periódico: "El diario español: político y literario", en su número 80, fechado en el día  Jueves 2 de septiembre de 1852.




El día 2 de septiembre de 1852 aparece publicado el nombramiento de Rafael Solero Dueñas como nuevo escribano de Alhaurín de la Torre, sin embargo la noticia realmente es del día 30 de julio de 1852.

Obsérvese como curiosidad que Alhaurín de la Torre no tiene la suficiente envergadura para tener un solo escribano y por eso engloba también las poblaciones vecinas de Churriana y Torremolinos.



" En 30 de julio. A D. Rafael Solero Dueñas para 
la escribanía de Alhaurin de la Torre, con sus anejos 
Churriana y Torremolinos, sin perjuicio, en cuanto a
estos, de lo que disponga en el arreglo general del 
notariado, y abonando por esta agregacion 159 du
cado."

sábado, 17 de marzo de 2018

Francisca Fernández impone un censo sobre una heredad en el Valle de Santa María en 1553.


Normalmente una unidad familiar solía estar constituida por un matrimonio y los hijos que tuvieran fruto del mismo, el hombre se dedicaba a trabajar para ganar un jornal y la mujer se dedicaba a trabajar en las labores de la casa, en el cuidado de los hijos y a algún huertecillo y animales que se solían tener en un corral, ya fueran gallinas, patos, cabras, conejos...
 

El trabajo del hombre solía ser en sus propias tierras o en su defecto solía trabajar para terceros a cambio de un jornal, de ahí el sobrenombre que recibían de jornalero.

Cuando el hombre enfermaba o moría la familia entraba en crisis, pues la base principal del sustento era el salario que el hombre recibía por su jornada de trabajo. Si esta situación empeoraba la única vía que estas familias, que atravesaban un bache económico, solían tener era o vender la propiedades que tuvieran a su nombre o pedir un préstamo sobre las mismas.

Pedir un préstamo era un arma de dos filos, pues en un primer momento se solventaba el problema y las dificultades, pero el préstamo había de ser devuelto.

Pero ¿De dónde sacar para devolver un préstamo que lo único que hace es crecer y la familia no tiene ingresos?
 
Esto agudizaba aún más el problema y finalmente llegaba la mala venta, y a la prisa, de las propiedades o el tan temido alzamiento de bienes y embargo, con lo que se perdía todos los bienes muebles e inmuebles para hacer frente a los pagos.

La mujer quedaba sin casa ni bienes y cargada de hijos, y en la más estricta pobreza.  Esto, que parece un estereotipo muy machista, era la realidad y el día a día en nuestros campos en los siglos pasado.



Fragmento del texto donde se cita la ubicación de la finca.

Francisca Fernández viuda de Fernando Alonso, cuya profesión era labrador,  junto con el hijo de ambos, Juan Alonso, imponen un censo anual sobre sus personas y bienes, participa como fiador Fernando Alonso Burguillos.  Se hace referencia a unas tierras en el valle de Santamaria en Alhaurinejo, por encima de la Fuensanta.

Esta huerta y viña es embargada y pasa a Don Luis Laso de la Vega titular del mayorazgo de Puerto Llano. Don Luis Lasso cancela dicho prestamo pagando el resto.


Transcripción del documento:

En la ciudad de malaga en
nueve dias del mes de agosto
de mill y seis s(iento)s y treinta y dos
años por ante mi el escriuano
publico y de los testigos de
susso escritos parezio luis rro
driguez de arango vezino
de esta d(ic)ha ciudad a quien doy
fe que conosco = y dixo que
francisca fernandez biuda
de fernando alonsso labra
dor y juan alonsso su fixo
prinzipales y fernando a
lonsso de burguillos su fia
dor de mancomun ynpussi
cion en fauor de alonsso
rrodrigues ollero vezino que
fue de esta ciudad quatro du
cados de tributo en cada
un año por quarenta du
cados que pos su prinzipal
ynpussicion
cuia situacion ficieron so
bre sus perssonas y uienes
en espezial soure una
jeredad de guerta biña y
tierras a el partido que di
cen balle de santa maria
termino desta ciudad mas
adelante del lugar de al
haurinejo serca de la fuen
te santa lindando con

heredad de sebastian munoz
y con el camino de alhaurin
y por otra parte con heredad
de juan gonzalez como se con
tiene en la escriptura que
passo por ante alonso de jerez
escrivano publico que fue
del numero de esta ciudad
a beinte y ocho de jullio de
quinientos y sinquenta
y tres en la qual d(ic)ha guerta
sucedio el señor don luis la
so de la bega caballero del or
den de calatraba con cargo
del dicho censso en el qual ssucedio
en el d(ic)ho a luis rrodrigues de a
rango y se le entrego por
vienes del d(ic)ho alonsso rrodri
guez en cuio favor se yn
pusso en la partizion
que se hiso de sus bienes a pio
lada por la justizia de esta ciu(dad)
a beinte y uno de auril
de quinientos y nouenta
y tres por ante diego uastar
do escriuano publico que
fue de este numero y como
al possedor por parte
del d(ic)ho sseñor d(on) luis lasso
de la uega sse quiere rrede
mir el d(ic)ho censso y para
ello entrega los d(ic)hos qua

renta ducados de su prinssipal
y corridos que hasta oy d(ic)ho
dia se deben los quales d(ic)hos
quarenta ducados y sus corri
dos el d(ic)ho luis rrodriguez de aran
go declaro auer rrezeuido los
veinte ducados en liuran
ça que se le dio en alonsso godi
no de saragossa que tenia asse
tada de que sesastifasse y lo de
mas del d(ic)ho don luis lasso de
la bega por mano de an diego
perez su mayordomo de todo
lo qual sse dio por entregado
a su uoluntad soure que rre
nunczio la cesion del entre
gamiento y de la non nume
rata pecunia y como ssas
tifecho dio por liures del d(ic)ho
censso prinzipal y corridoss
a la d(ic)ha guerta y a el d(ic)ho s(eñor)
don luis lasso de la uega y a los
demas perssonas y uenes
a el ouligados par no les
pedir cossa alguna= anulo
y dio y por ninguna y de
ningun balor ni efeto
la escriptura prinssipal
del d(ic)ho censso y otros de
rreconossimiento y ouliga
cion para que no ualgan
ni q(ue) hagan fee en juizio ni

fuera de el y otorgo a el d(ic)ho
senor don luis lasso de la
uega finiquito de rrendicion
y liuerazion del d(ic)ho censso
en uastante forma como
le conuenga y declaro que
el d(ic)ho censso ess mio y le pertenese
y no lo a uendido ni sedido
a otra perssona y que siendo
lo contrario bolbera su prin
cipal y rresditos con los yn
terezes y costas de su cobransa
y para lo aber por firme y no lo
contradezir ouligo su persona
y bienes abidos y por auer
dio poder a las justisias de su
magestad para le execucion
de ello como por cosa juzgada a rre
nuncio las leyes y derechos de
su fauor y la que su general
rrenunciacion dio y ue y lo
firmo un t(estig)o a su rruego que dixo
no sauer presentes leonardo
de la cueua mancia de herrera
la dies de cardona del aguerra
vezinos de malaga leonardo
de la cueua marco gutierrez es
crivano publico--------------------
en fee de lo qua e lo firme y sygne



varias firmas

jueves, 1 de marzo de 2018

Alhaurín de la Torre: Tal día como hoy 18 de marzo de 1491.

Tal día como hoy, a Juan Alfonso del Castillo, los Reyes Católicos Isabel y Fernando le hacen donación de dos molinos en la alquería de Laulín, actual Barrio Viejo.

Un molino era en la Edad Media/ Edad Moderna de las pocas industrias existentes en el medio rural y conseguir hacerse con la propiedad y control de un molino era controlar la transformación del cereal en harina para hacer pan, controlar la producción del alimento básico.





Acequia de los molinos en la zona de los Callejones.

El que controlaba los molinos de un lugar controlaba el lugar.

Ese mismo día y en este mismo acto se le quita uno de los molinos y se le da a Toribio de la Vega, personaje conocido por ser el Cocinero personal de sus majestades los Reyes Católicos.

 
Folio 197v

En 18 de marzo de 1491

            \Merced de dos ruedas de molinos de Alhaulin/.

                                   El dicho Juan del Castillo.

Mostro una çedula del rey e de la reyna nuestros señores fyrmada de sus nombres fecha en esta guisa:

El Rey e la Reyna.- Christobal Mosquera e Francisco de Alcaraz nuestros repartidores de las casas y heredades de la çibdad de Malaga: Nos vos /198r mandamos que de los molinos que estan en el lugar de Laulin que esta despoblado, en el arroyo del dicho logar dedes luego a Juan del Castillo nuestro escrivano de camara las dos ruedas que heran de *** moro, de que nos le hazemos merced para el e para sus herederos en emyenda de los muchos e continos serviçios que nos ha fecho, e dadle luego vos o cualquier de vos la posesyon dellos por que los pueda labrar e aderezar, sobre lo qual sy neçesario le fuere mandamos al nuestro chançiller y notarios e a los otros ofiçiales que esta a la tabla de los nuestros sellos que le den nuestra carta de privillejo de las dichas dos ruedas de molino, ca nos çedemos e traspasamos en el dicho Juan del Castillo y en sus herederos despues del todo el derecho e abçion que a ello tenemos; e non fagades ni fagan ende al. Fecha en Robledo a veynte e nueve dias de agosto de mill y quatroçientos e ochenta e ocho años. Yo el Rey. Yo la Reyna. Por mandado del rey e de la reyna Fernand Alvares.

            En el lugar de Laulin termino e jurediçion de la muy noble çibdad de Malaga miércoles quinze dias del mes de otubre año del nacimiento de nuestro salvador Ihesu Christo de mill y quatroçientos e ochenta e ocho años, este dia Juan Alfonso del Castillo secretario del consejo del rey e de la reyna nuestros señores paresçio antel honrrado Francisco de Alcaraz contino de la casa del rey e de la reyna nuestros señores su repartidor de las casas e heredades de la dicha çibdad de Málaga e por ante mi Hernando de Arevalo escrivano de camara de sus altesas e en presençia de los testigos de yuso escriptos presento al dicho Françisco de Alcaraz una carta del rey e de la reyna nuestros señores escripta en papel e fyrmada de sus nombres su thenor de la qual es este que se sigue:

Aqui entra la çedula quel dicho Juan del Castillo llevo en su poder.

E asy presentada la dicha carta luego el dicho Juan Alfonso del Castillo dixo que pedia e requeria al dicho Francisco de Alcaraz en la mejor forma que podia e de derecho devia que obedeciese e cunplyese la dicha carta/Folio198v/de sus altesas e en cumpliendola le diese e entregase las dichas dos ruedas de molino en la dicha carta contenida con sus casas e corrales e pertenençias e la posesyon dello quel estava presto de lo resçebyr. E luego el dicho Françisco de Alcaraz tomo la dicha carta e leyola e obedeçiola e pusola ençima de su cabeça e obedeçida dixo que estava presto de la conplyr e en conplimiento della fue a una casa e molino de una rueda que esta arryba del dicho lugar de Laulin el primero molino que es fecha la casa de boveda, e otro molino que esta en el dicho lugar a la parte de arriba que tyene la casa cayda e el tejado, amas a dos ruedas con sus cubos  e dixo que por virtud de la dicha carta e en conplimiento della dava e dyo al dicho Juan del Castillo la posesyon de los dichos dos molinos con su agua e con sus casas y cubos e corrales e asyentos e pertenençias quantas han e aver deven e les pertenecen de fecho e de derecho e con todas sus entradas e salydas para que de aquí adelante los dichos dos molinos con todo lo susodicho sean para el Juan Alfonso del Castillo e para sus herederos y subçesores despues del. E luego el dicho Juan Alfonso del Castillo dixo que resçebia e resçibyo en sy las dichas dos ruedas de molino con sus casas e corrales e cubos e con su agua e con todas sus entradas e pertenençias e la posesyon de todo ello para el e para los dichos sus herederos y subçesores despues del en la mejor manera que podia e de derecho devia, e en señal de posesyon echo fuera de los dichos molinos a los que estavan en ellos e çerro las puertas sobre sy e anduvo de una parte a otra en los dichos molinos e metyo por el e de su mano en los dichos molinos a Juan de Ledesma su criado; e como todo lo susodicho paso el dicho Juan Alfonso del Castillo lo pidio por testimonio e el dicho Francisco de Alcazar ge lo mando dar e mando a mi el dicho escrivano que tome el traslado de la dicha carta en mi poder, el qual yo tome. Testigos que fueron presentes a lo que dicho es Alonso Lopes de Cañete e Pero Garçia Çerezo vesinos de la villa de Castro el Rio villa de Cordova e Juan de Ledesma vesyno de Malaga e Juan Samaniego criado del dicho Juan del Castillo.

Traspasose este abto al escrivano del repartimiento.

\Quitosele al dicho Juan del Castillo el uno de los dichos molinos, el baxo, e diose a Toribio de la Vega por merced de sus altesas, según se contiene en su asyento que del dicho molino se le fiso en este libro/.*



*BEJARANO ROBLES, F. (1985). "Los Repartimientos de Málaga I” Ayuntamiento de Málaga. Páginas 305-30.

miércoles, 3 de enero de 2018

Primer plano de Alhaurín de la Torre, de 1896.


Ayer varias personas, de un colectivo, se pusieron en contacto conmigo para pedirme información sobre la Calle del Chorrillo de nuestra localidad, y les remití a este plano.

Es el primer plano de población existente de nuestra localidad, con cierta realidad y que es de finales del siglo XIX. Calle del Chorrillo antiguamente se llamaba calle Granadillo.

A destacar dentro de este plano unas líneas en azul que se corresponden con las acequias nazaríes que dirigían el agua hacia los molinos que jalonaban nuestras tierras que también son en sus orígenes medievales.

Un fragmento de la acequia se observa en la Calle Alta (actual Salvador Rueda), en dirección a Calle de Málaga (Camino de Málaga), para girar hacia calle Ermita (conocida también como Calle del Agua), girar y dirigirse hacia los Callejones.




Este plano forma parte de la Cartoteca histórica del Instituto Geográfico Nacional.