lunes, 20 de agosto de 2012

Suspensión del Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre. 1881




GACETA DE MADRID. AÑO CCXX.- Núm 162. Sábado 11 de Junio de 1881.





REALES ÓRDENES.



Pasado a informe de la Sección de Gobernación del Consejo de Estado el expediente de Suspensión del Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre, decretada por V. S., con fecha del 10 del actual ha eınitido el siguiente dictaınen:


Excmo. Sr.: Esta Sección ha examinando el expediente relativo a la suspensión del Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre, decretada por el Gobernador de Málaga. Del oficio pasado al Alcalde por la expresada Autoridad, único documento que constituye el expediente y en copia se acompañan, resulta que no se han formado las cuentas municipales desde 1871, ni tampoco el presupuesto del corriente ejercicio, que no se instruyo el expediente electoral de Concejales y Compromisarios: que no existían libros, de actas de la Junta municipal y de Sanidad: que no se llevan libros de cuentas corrientes, ni se hacia la distribución mensual de fondos, ni había estudios trimestrales de recaudación e inversión, ni en la Caja municipal se cumplían las disposiciones de la ley: que en los repartimientos se habían hecho alteraciones sin causa justificada: que en el arbitrio de pesos y medidas no se habían observado las condiciones establecidas para el remate: que no se habían celebrado sesiones en el presente ejercicio: que el censo electoral de 1880 no está sellado, apareciendo en él indicaciones marginales de exclusión de electores por fallecimiento o por haber perdido la condición de contribuyentes; y por último, que el Ayuntamiento destituyó a dos Concejales por suponer había habido infracción de ley.


Vistos los artículos 37, 150, 155, 159, 160 a 163 y 166 de la ley municipal, y los 19 y 22 de la electoral de 20 de Agosto de 1870, y el 23 de la de 8 de Febrero de 1877:


Considerando que 1os cargos de que se hace mérito el Gobernador arguyen, no sólo negligencia en el cumplimiento de las obligaciones que la ley impone al Ayuntamiento, sino también la infracción de diversas disposiciones de la misma:


Considerando que los hechos expuestos por la citada Autoridad son tanto más graves, cuando que hasta revisten carácter político en perjuicio tal vez de los derechos de los electores:


Considerando que con arreglo a la doctrina sentada en Las Reales ordenes de 22 de Diciembre de 1877, 31 de Enero, 3 y 12 de Febrero de 1879, estuvo en su lugar la suspensión decretada;


Y considerando, por último, que los actos y omisiones que se atribuyen a este Ayuntamiento constan, según dice el Gobernador de la provincia, en el expediente instruido en averiguación de los mismos.


La Sección es de parecer que procede confirmar la providencia de la expresada Autoridad superior de la provincia.


Y conformándose S. M. el REY (Q. D. G.) con el preinserto dictamen, se ha servido resolver como en el mismo se propone.



De Real orden lo digo a V.S. para su conocimiento y efectos correspondientes. Dios guarde a V. S. muchos años. Madrid 24 de Mayo de 1881.

 


GONZALEZ.





Sr. Gobernador de la provincia de Málaga.



Hasta aquí el texto publicado en la Gaceta de Madrid, que luego será el Boletín Oficial del Estado, Alhaurín de la Torre era en aquellos momentos un municipio de nueva creación, pues es a principios de este siglo cuanto consigue el estatuto de municipio, reorganización de 1810, antes tan sólo era parte del municipio de Málaga, y puesto que teníamos un pequeño núcleo de población teníamos el estatuto de Lugar; yo de hecho recuerdo hace muchísimos años llamar a las personas de aquí para diferenciarlos de Alhaurín el Grande como " la gente del Luga", hecho que a buen seguro es la pervivencia del recuerdo de ser Lugar y no pueblo. Este núcleo contaba con una figura que impartía justicia e imponía el orden Alguacil Mayor, como hemos podido atestiguar en otra entrada/artículo publicado en el blog. Pedro Moreno Romo, Alguacil Mayor del lugar de Alhaurín de la Torre en 1646.

Esta noticia, la Suspensión del Ayuntamiento, es recogida por otras fuentes escritas, aunque la recogen de una manera somera; así la hemos podido rastrear en diversos medios escritos como:

·EL AMIGO. Año IV. Número 174 de 19 de junio de 1881.

·LA MAÑANA. El Diario Político. Año VI. Número 1632 de 18 de junio de 1881.

Por la información contenida en la Gaceta de Madrid, hubo una serie de deficiencias, que llevaron a tomar la decisión de suspender temporalmente el Ayuntamiento de sus funciones, en nuestro descargo diremos que la Gaceta está llena de decretos de suspensión de ayuntamientos, pues parece que era tónica habitual el andar siempre con asuntos pendientes y fuera de plazo.


El hecho de que el gobierno de la nación decrete la suspensión de un ayuntamiento, en esta época, no es un hecho aislado, el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga está lleno de ejemplos, algunos de ellos muy significativos, como la propia Almería capital.

En Julio tenemos recogido la suspensión de los ayuntamientos de los municipios de: Quismondo, provincia de Toledo; Navahermosa de Toledo; Carchalejo, provincia de Jaén; Medina Sidonia, de Cádiz; Botarell, de Tarragona; Aranga de la Coruña; Pozo Hondo de Albacete; Olvera de Cádiz; Castillejos de Granada; Santa Cruz de Almería; Alcaucín de Málaga y Ubrique en Cádiz; Jumilla de Murcia en agosto. Sayalonga en octubre; Campillos, Puebla de Don Fadrique, Valverde del Camino; en diciembre... Con esto quiero significar que no somos un caso excepcional. También hemos encontrado la noticia de la suspensión del Ayuntamiento de Alhaurín el Grande (Boletín Oficial de Segovia, número 79 de 3 de julio de 1891).

Se da la circunstancia de que, pese a haber examinado y reexaminado el Boletín Oficial de la provincia de Málaga del año 1881 no hemos encontrado esta noticia publicada, en él. Si todos estos ejemplos reseñados, pero no el nuestro, por lo que nos hace dudar y poner en cuarentena la utilización del Bopma como fuente fidedigna de recopilar información de esta época. Si bien es verdad que al ser una orden del gobierno central podría ser que no fuera necesario la publicación a nivel provincial, o se pasó su publicación, o cualquier otra cosa.

Si observamos el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga observamos que el señor Gobernador de la Provincia se encuentra notificando con distintos memorándum y decretos a los distintos municipios, entre ellos el nuestro, sobre diversas cuestiones de índole administrativa: pago de impuestos, listados de contribuyentes, listado de electores, y un largo etcétera de asuntos todos por resolver, se da la circunstancia de que en dichos BOPMA, los requerimientos se repiten en segundo anuncio, en tercer anuncio, habiendo pasado con mucho el plazo...


El día 2 de abril de 1881, se le reclama el presupuesto para el ejercicio 1880-1881. En el mes de mayo nos encontramos con otro decreto de alcaldía del ayuntamiento de Alhaurín de la Torre que nos indica que las cosas no van bien para nuestra corporación municipal y para nuestro municipio, pues se toman medidas económicas gravosas para los habitantes de Alhaurín con el fin de intentar cuadrar el descuadre de la caja municipal, también observamos que lo firma un secretario interino, ¿Tendría algo que ver el hecho de cambiar de secretario con el desbarajuste municipal? Seguramente sí.

El 12 de junio de 1881 mediante decreto de Gobernación se le reclama el listado de reemplazamiento (reemplazo) del año 1880, como se observa en la imagen adjunta ubicada un poco más arriba y otro decreto anunciando la realización del censo de amillaramiento y su puesta a disposición del público para alegaciones.


De todas maneras, como quiera que fuese 3 años después volvemos a encontrar otro decreto en la Gaceta en la que se produce el levantamiento de la Suspensión pese a no haberse subsanado los defectos de organización cuestionados inicialmente.






GACETA DE MADRID. AÑO CCXXIII.- Núm 248. Jueves 04 de septiembre de 1884.





MINISTERIO DE LA GOBERNACION.




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REALES ÓRDENES






Pasado a informe de la Sección de Gobernación del Consejo de Estado el expediente de suspensión del Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre, decretada por V.S, lo evacuó con fecha 9 de Mayo último en los términos siguientes:




Excmo. Sr.: La Sección ha examinado el adjunto expediente relativo a la suspensión del Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre, decretada por el Gobernador de Málaga.




Resulta de los antecedentes que en el mismo figuran: que la expresada corporación municipal se encuentra en descubierto considerable por no haber satisfecho en varios años, incluso en el primer semestre del presente, las cantidades correspondientes al contingente provincial a pesar de los recordatorios que le habían dirigido y conminaciones que se le tenían hechas: que lo mismo sucedía en cuanto a la redención de cuentas municipales, cuyo servicio no había podido regularizarse a pesar de las medidas que en diferentes órdenes del Gobierno de la provincia se habían adoptado con ese objeto y que constaban en el expediente de su razón que la Delegación de Hacienda tuvo necesidad de recurrir al Gobernador para que obligase al Ayuntamiento de Alhaurín a que entregase en aquella oficina los considerables descubiertos en que se hallaba por razón de las contribuciones e impuestos, cuya recaudación se encontraba además paralizada desde hacía cuatro meses por haberse remitido a la Municipalidad a hacer entrega de los expedientes de apremio de segundo o tercer grado, sin que hubiesen sido suficientes para conseguirlo las ordenes repetidas que se le habían dirigido ni los apercibimientos y multas que se le habían impuesto.




El Gobernador, fundándose en los hechos que quedan referidos y en que los mismos demostraban desobediencia grave a las órdenes de las Autoridades, habiendo insistido en ella el Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre después de haber apercibido y multado, incurriendo por tanto en la responsabilidad que determina el Art. 189 de la ley municipal, decretó la suspensión por providencia de 16 de Marzo último.




La Sección, después de haber examinado los antecedentes que obran en el expediente, entiende que habiendo ya transcurrido el término de la suspensión y debiendo haber vuelto ya los suspensos de hecho y de derecho al ejercicio de sus cargos, no procede que se dicte en el asunto una resolución concreta.



Y conformándose S. M. el Rey (Q.D.G) con el preinserto dictamen, se ha servido resolver como en el mismo se propone.



De Real orden, con inclusión del expediente, lo digo a V.S. para su conocimiento y demás efectos. Dios guarde a V.S. muchos años. Madrid 14 de Mayo de 1884.






ROMERO Y ROBLEDO





Sr. Gobernador de la provincia de Málaga.






Esta misma información aparece escrita en otras fuentes de la época, si bien es verdad que sólo los boletines oficiales la publican íntegramente y el resto de la prensa la publica dando la información sin explicar nada:

·Boletín Oficial de la Provincia de Soria, número 120. De lunes 6 de octubre de 1884.

·Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, número 48. De 20 de septiembre de 1884.

·LA AUTONOMIA. Diario Republicano Democrático Federalista. Número 355, de 11 de septiembre de 1884.






·LA CORRESPONDENCIA DE ESPAÑA. Diario Universal de Noticias. Año XXXV. Número 9661, de 3 de septiembre de 1884.

·DIARIO OFICIAL DE AVISOS DE MADRID. Año CXXVI. Número 947, de 3 de septiembre de 1884.

·EL SIGLO FUTURO. Número 2836, de 3 de septiembre de 1884.

·EL LIBERAL. Año VI. Número 1879, de 3 de septiembre de 1884.

·LA UNION. Número 1882, de 3 de septiembre de 1884.

·CRONICA MERIDIONAL: Diario Liberal Independiente y de Intereses Generales. Año XXV. Número 7344, de 7 de septiembre de 1884.

Resumiendo un poco y centrando lo escrito, el Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre no ha subsanado los asuntos pendientes, pero como ha pasado tanto tiempo se levanta la suspensión. Y el caso es que lo reflejado en el primer decreto tiene tarea:


* Presupuesto Municipal. Desde el año 1871 no se ha hecho el presupuesto municipal, estamos hablando de 10 años de presupuesto municipal, ¡10 años!

* Libro de Actas y Juntas inexistentes.


* Libro de Sanidad inexistente.

* Libro de cuentas, no se lleva contabilidad, ni estadios de recaudación de impuestos.


* No se lleva a cabo los repartimientos de dineros que llegan de la administración central.


*Existen irregularidades en el arbitrio de los pesos.


*Existen alteraciones y anotaciones alégales en el censo electoral de 1880 y miembros excluidos.


*Existen concejales destituidos por "infracción de ley".


En fin, un desastre de administración local, habría que preguntarse qué es lo que realmente hacían los funcionarios municipales que son los que en realidad controlan un ayuntamiento y son los que en caso de irregularidades no apoyan o firman la documentación, o alertan a los concejales y alcaldes sobre lo incorrecto de alguna orden. Os vuelvo a recordar que aparece firmando algunos decretos por un secretario interino.


JOSÉ ANTONIO SANTAMARÍA GARCÍA.



P.D. La mayoría de las publicaciones a las que me he referido más arriba han podido ser examinadas virtualmente en:




  Y en:









¿Qué significa en Historia el "Fenómeno de aculturación"?

LA FONTANA AÑO 2. NÚMERO 21. MAYO 1998.



¿Qué significa en Historia el "Fenómeno de aculturación"?

(Reflexiones sobre el artículo "Nuestros orígenes")

JOSE ANTONIO SANTAMARIA GARCIA

Licenciado en Historia Antigua y Arqueólogo.



Me sorprende gratamente que una revista de amplía difusión como es la Fontana siempre tenga un hueco en sus páginas para publicar artículos referentes a nuestra historia, desde mi punto de vista es muy importante de que tomemos conciencia de nuestro propio pasado, no el de Málaga capital, o el de otros pueblos de nuestros alrededores, sino de la gente de antaño, de la gente del "luga". Desde esta disertación quiero agradecer a su revista dejarnos utilizarla como punto de inicio, como un foro de debate donde inculcar y enseñar a nuestros conciudadanos algo de nuestras raíces más profundas.


He leído con sumo interés, como siempre hago, la revista del mes de abril, y en concreto el artículo que firma Francisco Santos Arrabal: "Nuestros orígenes" y como la historia se hace a base de hipótesis de trabajo y sobre ideas lanzadas en general, y en particular, y sobre acuerdos y desacuerdos entre los investigadores, he pensado que personalmente no estoy de acuerdo con el trasfondo de este artículo.

Usted en su artículo nos habla de conquista y expulsión de los vencidos por los conquistadores: "Pero también es verdad que cada uno de los pueblos que nos visitó intentó y consiguió expulsar a los anteriores", no comprendo a que pueblos se refiere: ¿fenicios?, ¿púnicos?, ¿cartagineses?, ¿romanos?, ¿bizantinos?, ¿visigodos?, ¿musulmanes?... Esto desde mi punto de vista no es excesivamente correcto. ¿Conoce usted el término aculturación? Existen muchas definiciones al respecto, baste esta como ejemplo: "Es el resultado de los procesos de captación parcial o total de una cultura... Con este término se indican las transformaciones del patrimonio de un pueblo a causa de la aportaciones etnológicas, contactos comerciales, intrusiones políticas y militares, etc." (Diccionario Enciclopédico Abreviado Espasa Calpe, Tomo I página 129) Esto es lo que suele ocurrir cuando un pueblo conquista a otro, y es que el conquistado pasa por un periodo de adaptación en el cual suele cambiar sus costumbres, su modo de vida y absorbe las costumbres, tradiciones, religión, tecnología... del conquistador, a veces este fenómeno ocurre a la inversa. En toda conquista militar existen bajas y pérdida de población, pero no hasta el punto de que se produzca un exterminio total de la población vencida: así es común utilizar, en historia, términos intermedios como son cultura o población ibero-romano/a, hispanoromano/a, hispanovisigodo/a, hispanomusulmán/a...

Entre otras cosas por las razones anteriormente expresadas, porque el sustrato de población es siempre el mismo. Y es que sinceramente lo que cambia es el modo de entender la vida, las costumbres, las creencias, la pertenencia a una unidad política... pero no la población; bueno algún cambio si se produce por el proceso de unión y enlace entre vencedores y vencidos, con un mestizaje de individuos de distintas razas.

Para concluir, nuestra actual cultura no la podríamos entender, o sería ilógico concebirla, si no es como el fruto de la conjunción de diferentes pueblos, razas, culturas, religiones, que a lo largo de más de 2000 años han pasado por nuestras tierras.

miércoles, 15 de agosto de 2012

Impresiones acerca de Alhaurín de la Torre musulmán: El Barrio Viejo. ¿Laulín? (2)

LA FONTANA AÑO 1- NUMERO 10- JUNIO 1997.



EL RINCON DE NUESTRA HISTORIA



IMPRESIONES ACERCA DE ALHAURIN DE LA TORRE MUSULMAN: EL BARRIO VIEJO. ¿LAULIN? (2)



JOSE ANTONIO SANTAMARIA GARCIA



Con estos dos textos parece quedar claro que a la entrada de Alhaurín existió los restos de una fortificación musulmana, que creemos se debió de encontrar en las inmediaciones de la actual Urbanización La Torre, que se encuentra emplazada a la entrada del pueblo. La inmensa mayoría de las alquerías musulmanas cuentan con un recinto fortificado en el que guarecerse en caso de peligro la población de dichas aldeas.



Plano de Alhaurín de la Torre, extractado del Catastro del Marques de Ensenada.


Indagando un poco en los planos del casco urbano actual podemos observar una zona en la que la trama urbana ha conservado, al menos eso parece, restos de un trazado urbano que debe de corresponder con un trazado medieval, estos ejemplos se encuentran en el Barrio Viejo. El trazado urbano nos denota una realidad salida de otra época, con muchas calles peatonales, callejones y callejuelas sin salida, con casas que materialmente se construyen sobre la calle sin ninguna alineación concreta Dando al barrio una fisonomía de calles con entrantes y salientes, sin aceras o con aceras sin solución de continuidad, otro hecho a destacar, aunque por desgracia son las menos, es la austeridad de algunas casas, con sus humildes encalados y su decoración a base de macetas que engalanan algunos sectores con la típica decoración andaluza. Otros restos del pasado son esos balcones colgantes sobre la calle muchas de ellas con rejas centenarias, que son una reminiscencia de otro tiempo pasado.

Hasta ahora hemos hablado sobre el emplazamiento de Laulín debajo del Barrio Viejo, ahora vamos a explicar la típica urbanística musulmana para comprender algo más a fondo el tema. Las ciudades musulmanas se basan en tres principios fundamentales: alcázar-mezquita-zoco, todo el conjunto de la ciudad se suele encontrar encerrado por un cinturón defensivo, la urbanística de las calles, callejuelas, adarves, calles sin salida… Se suelen asentar en zonas donde existan cauces de aguas naturales para, facilitar el abastecimiento de los ciudadanos, y en lugares de interés estratégicos, o de dominio de una zona fértil. Por último, el cementerio se suele poner en las afueras de la ciudad a los lados de los caminos.

Estas son las normas más o menos generales, ahora vamos a traspasar este modelo al ejemplo a explicar. En los alrededores del Barrio Viejo se encuentra ubicada posiblemente la fortificación de época musulmana de la Huerta de la Torre, hoy urbanización la Torre, esto podría coincidir con la idea de Alcázar. La Mezquita, de todos es sabido que cuando los cristianos toman o conquistan un núcleo de población una de las primeras cosas que hacen es sacralizar la mezquita musulmana en iglesia parroquial, para borrar toda evidencia de culto “Impío”. Sirva como ejemplo ilustrativo la mezquita de Córdoba. La actual iglesia se encuentra embutida en dicho barrio. Sobre los avatares y emplazamientos de la iglesia y ermitas en nuestro municipio estamos preparando un artículo en el que se documentará más detenidamente este complicado tema. El zoco debe de entenderse como mercado, aunque de una época distinta de la que hablamos en el Barrio Viejo se encuentra el antiguo mercado, pero pensamos que es una mera coincidencia. El actual pueblo se encuentra dividido por arroyos, baste citar Fuensanguinea, Blanquillo… El arroyo de Fuensanguinea pasa muy cerca del Barrio Viejo, pudiendo haber servido como abastecedor de agua para la población. Cinturón defensivo, de él no nos quedan ninguna huella, pero la propia fisonomía del barrio nos permite aventurar sobre que las propias partes traseras de las casas actuaran de murallas, de hecho, en el Barrio Viejo aún hoy existen tres lugares que fácilmente pudieron ser utilizados como puertas. Alhaurín se encuentra asentado en un lugar con un dominio visual de toda la zona baja del Guadalhorce. El cementerio, muchas son las noticias de hallazgo de restos óseos en nuestro pueblo: zona del Alamillo, zona de la actual depuradora, zona de los callejones, la propia iglesia... pero el cementerio que más cercano se encuentra a este barrio sería el ubicado en la C/ del Chorrillo, zona cercana al barrio y por el que posiblemente, en sus inmediaciones, discurriera algún camino; alguien puede decir ¿y el cementerio de la iglesia? Es sabido que los cristianos suelen utilizar los recintos de carácter religioso para enterrarse, paseen por el interior de la catedral de Málaga, observen el suelo y verán las lápidas.

Por último y no menos importante la trama urbana del barrio encierra muchos elementos afines a la trama urbana de las ciudades musulmanas, por lo que algo de mora tendrá nuestra “AL-AHUR-EIN DE LA TORRE”.


P.S.: Recientemente hemos recibido una noticia, que no hemos podido confirmar, y es que al urbanizar los alrededores de la Urbanización La Torre, zona de la Plaza de la Legión, aparecieron esqueletos tapados con lajas de piedras, los promotores hicieron caso omiso y destruyeron el hallazgo. Lástima de oportunidad perdida para siempre.

Impresiones acerca de Alhaurín de la Torre musulmán: El Barrio Viejo. ¿Laulín? (1)

LA FONTANA AÑO 1- NUMERO 9- MAYO 1997.


EL RINCON DE NUESTRA HISTORIA

IMPRESIONES ACERCA DE ALHAURIN DE LA TORRE MUSULMAN: EL BARRIO VIEJO. ¿LAULIN? (1)

JOSE ANTONIO SANTAMARIA GARCIA.

Sirvan estas líneas de homenaje emotivo y sincero a ese gran historiador desconocido de nuestra tierra: D. Alberto de Mersseman y Titren, estas líneas se las dedico en reconocimiento a su labor, gracias a D. Alberto hoy tenemos unas bases históricas para poder disertar sobre nuestro pasado.

Con el presente artículo queremos seguir en la línea de los dos anteriores (véase Fontana 1 y 2) hipotetizando e intentando aclarar en la medida de nuestras posibilidades algunos puntos relevantes de nuestra Historia, en un intento de aferrarnos al pasado, ese pasado grandioso que muchos echamos de menos, y del que se conoce tan poco.

Hoy pretendemos hablar sobre el origen del actual emplazamiento de nuestro núcleo urbano; es bastante difícil discernir grandes conclusiones por la propia dinámica de reconstrucción ininterrumpida de las ciudades modernas; no se ha terminado de derribar una casa cuando ya estamos construyendo otra que en la inmensa mayoría de los casos no tiene nada que ver ni en forma ni en estética con lo que existió anteriormente, lo cual es lógico.






Plano Alhaurín de la Torre, extractado del Catastro del Marques de Ensenada. (Esta imagen no se publicó en el artículo inicial)


Para sacar conclusiones hemos de basarnos en lo que en la actualidad se puede apreciar pues no contamos con testimonios ni gráficos ni escritos que nos den información. Viendo la actual trama urbana de nuestro pueblo, y paseando por sus calles podemos observar algunos fósiles guía, con los que hacernos una idea de lo que hubo antes del Alhaurín de la Torre moderno. El lugar que más testimonios nos ha dejado es sin duda el popularmente conocido como Barrio Viejo.

Llegados a este punto voy a expresar una serie de ideas que en el lento proceso de recogidas de datos me han ido surgiendo: existe documentado en las fuentes la existencia de dos poblaciones musulmanas con nombres muy parecidos, nos referimos a LAULIN y a LAURIN, hoy en día nadie discute de que LAURIN sea o coincida con el actual emplazamiento de Alhaurín el Grande, y que posiblemente Laulín sea Alhaurín de la Torre. Existen muchos autores que así lo expresan, pongamos como ejemplo a D. Luis Morales García Goyena ; en un texto que transcribe con fecha 25 de junio de 1501 hace referencia a la villa de Laulín, y en unas notas a pie de página no duda en ubicarlo en nuestro municipio. (1) Con los datos de que se dispone Laulín debió de estar ubicado debajo del actual emplazamiento de nuestro pueblo; es más, muy posiblemente esta alquería musulmana se encuentre debajo del actual emplazamiento del barrio Viejo, pero no adelantemos acontecimientos.

López de Coca nos dice que Laulín casi no pasaría de ser una mera alquería y que muchas de estas pequeñas poblaciones abandonadas por los musulmanes no volverían a ser habitadas: “muchas de las localidades abandonadas no serán objeto de repoblación más tarde, pues los cristianos que arriben a estas tierras tenderán a concentrarse en determinados lugares al modo de la Baja Andalucía. Así van a permanecer yermas Pupiana, Guaro, LAULIN, Fadula, Benamaquis…” (2).

Por otra parte, sabemos, por otras transcripciones, Bejarano Robles, F., que Laulín debía de tener, al menos en sus alrededores varios molinos:

“ /197v… martes catorce días del mes octubre año del nasçimiento de nuestro señor Ihesu Christo de mill e quatroçientos e ochenta e ocho años…

Merced de dos ruedas de molino de Alhaulin /. El dicho Juan del Castillo. Mostró una çedula del rey e de la reina nuestro señores fyrmada de sus nombre fecha en esta guisa : El Rey e la Reyna.- Christobal Mosquera e Francisco de Alcaraz nuestros repartidores de las casas y heredades de la cibdad de Malaga: Nos vos /198 mandamos que de los molinos que estan en el lugar de Laulin que esta despoblado, en el arroyo del dicho logar dedes luego a Juan del Castillo nuestro escribano de camara las dos ruedas que eran de … moro, de que nos le hazemos merçed para el e para sus herederos en emyenda de los muchos e continos serviçios que nos ha fecho , e dadle luego vos o cualquier de vos la posesyon dellos por que los pueda labrar e adereçar, sobre lo cual sy neçesario le fuere mandaos al nuestro chançiller y notarios e a los otros ofiçiales que estan a la tabla de los nuestro sellos que le den nuestra carta de privillejo de las dichas dos ruedas de molino, ca nos çedemos e traspasamos en el dicho Juan del Castillo y en sus herederos despues del todo el derecho e abçion que a ello tenemos; e non fagades ni fagan ende al. Fecha en Robledo a veynte e nueve dias de agosto año de mill y quatroçientos e ochenta e ocho años. Yo el Rey. Yo la Reyna. Por mandato del rey e de la reyna Fernad Alvares.” (3) Sin entrar en más detalles los alrededores del casco urbano se encuentran rodeados de restos de dichas construcciones.

Una vez más Lope de Coca nos da más información sobre Laulín, diciendo que no pasaría de ser una mera aldea: “Ante todo, tener muy presente que, salvo Fadala, Benamaquis y, quizás, Laulin, el resto no pasan de meras alquerías a las que de comprobarse en ellas la existencia de oratorios, podría atribuirse una población mínima de 12 familias.” (4)

Dejamos suficientemente comprobado que Laulín es Alhaurín de la Torre, y vamos a retomar la idea que anteriormente expresábamos de que el emplazamiento de Laulín estaría debajo del Barrio Viejo.

Llegados a este punto vamos a utilizar dos textos: “El antecedente más antiguo que he podido encontrar en los archivos municipales data del 9 de Abril de 1878 y al lado del mismo indica: el sello que antecede perteneciente a este ayuntamiento es el ejemplar más antiguo que existe. Se ignora la fecha que principió su uso. Las armas en él contenidas deben su origen, según informes adquiridos de las personas de más edad de esta localidad a consecuencia del nombre que lleva este pueblo y porque existe una torre árabe en su extremidad hoy ruinosa. La nota está firmada por el entonces alcalde D. Antonio Gómez.” (5)

“… a la inmediación del camino de Málaga, y próxima al pueblo, se halla la huerta de la Torre de Alhaurín, sobre que tituló el duque de Arco, donde aún existe un murallón de fabrica árabe, con dos ventanas en su parte superior, el que parece haber sido fortín…” (6)


CONTINUARÁ


NOTAS:


1.- GARCIA-GOYENA, L.: “Documentos Históricos de Málaga. Recogidos directamente de los originales”. Págs. 114 hasta 123. Tomo II. Granada, 1907.
2.-LOPEZ DE COCA Y CASTAÑER, J.E.: “La tierra de Málaga a fines del siglo XV”. Pág. 70. Granada 1977.
3.-BEJARANO ROBLES, F.: “Los libros de repartimientos de Málaga”. Tomo I. Págs. 304-306. Estudios Malagueños. Málaga, 1932.
4.-Op. Cita nota 2, pág. 31.
5.-BENITEZ NAVARRO, J.: “Escudo heráldico”. La Fontana, nº3. Alhaurín de la Torre. Noviembre 1996.
6.-MADOZ, I.: “Diccionario Geográfico Estadístico Histórico de España” Madrid, 1845.

sábado, 11 de agosto de 2012

La guardia civil incauta material arqueológico a saqueadores profesionales.


LA FONTANA. AÑO 1, Nº 6. FEBRERO DE 1997



ARQUEOLOGÍA LOCAL.


La guardia civil incauta material arqueológico a saqueadores profesionales.

El pasado 26 de Diciembre la Guardia Civil localizó a dos individuos que portaban sendos detectores de metales y se encontraban expoliando el conocido Cortijo de Mollina, o también conocido como cortijo del Inglés, lugar de un interés Histórico y Arqueológico muy relevante, al existir en sus inmediaciones restos de una Alquería musulmana y una torre de la misma época, además este cortijo cuenta con una de las más famosas detenciones del siglo XIX, nos referimos a la del general liberal Torrijos por tropas reales en Diciembre de 1831.

Entre el material incautado se destacan un considerable lote de material cerámico de diversas épocas, romano y medieval, sobre todo, además de un buen lote de material metálico.

En contra de lo que la inmensa mayoría de las personas creen, el uso del detector de metales se encuentra prohibido en todos los lugares en los que se tengan noticias de hallazgos arqueológicos e históricos, sin previa autorización por parte de la Junta de Andalucía "Artículo 113. Se consideran infracciones... 5 La utilización de aparatos destinados a la detención de restos arqueológicos sin contar con la autorización de la Administración de cultura o sin cumplir las condiciones impuestas en la misma" Ley 11 1991, de 3 de julio, de patrimonio histórico de Andalucía. BOJA 59 de 13 de Julio de 1991.

Además, si alguna persona ha tenido la oportunidad de hojear un prospecto de esas máquinas habrá podido leer entre otras cosas: "No se introduzca en zonas arqueológicas ni monumentos antiguos, tenga cuidado de no provocar destrozos al cavar, comunique al museo de su localidad los hallazgos de posibles piezas históricas..." Está claro el que los utilice debe de saber lo que hace, y que incumple la ley, y que puede ser sancionado por ello.

Por otra parte se ha denunciado a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía en Málaga el saqueo y destrucción de otro importante yacimiento arqueológico ubicado también en las inmediaciones de Torre Alquería, nos referimos al yacimiento romano del Valle, donde los saqueadores han realizado socavones y hoyos de diversos tamaños, llegando en algunos casos a la destrucción de muros y habitaciones, destacando la destrucción de una habitación con restos de pintura estucado de incalculable valor arqueológico, por ser muy poco frecuente su conservación.

Por desgracia, este yacimiento ya es conocido por incidentes de este tipo, pues ya en su momento, y según informaciones verbales, se saqueó una tumba de un individuo de edad juvenil, que se encontraba enterrado en un sarcófago de plomo. Asimismo, se ha puesto en conocimiento de la Policía Local estos hechos con el fin de que la policía en la medida de lo posible vigile nuestro patrimonio.

No quiero terminar estas líneas sin animar a todos los ciudadanos de nuestro municipio a que llamen a la Policía Local o al cuartel de la Guardia Civil alertando de la utilización del detector de metales, cosa que por desgracia es frecuente en nuestro municipio. Por último, queremos felicitar y agradecer la labor que lleva ese maltratado cuerpo de seguridad, la Guardia Civil, que por dijera poco todo lo que tienen que hacer, además encuentran tiempo para vigilar nuestro patrimonio cultural, aquí tenemos la prueba. Felicitaciones.




JOSE ANTONIO SANTAMARIA GARCIA.

ARQUEOLOGO.

viernes, 10 de agosto de 2012

Alcaldes municipales y otras autoridades citados por las fuentes históricas.

Última Actualización de datos: 19/04/2017.


Actualmente me encuentro realizando un trabajo de investigación, de cara a publicar en un futuro un trabajo histórico sobre la minería y el aprovechamiento de recursos naturales de nuestro municipio, este trabajo entre otros muchos frentes conlleva la revisión de toda la información recogida en periódicos y boletines oficiales tanto de nuestra provincia como a nivel nacional, es así como me he ido encontrando diversos edictos y escritos en el que figuran nuestros ediles, alcaldes, tenientes de alcalde, regidores, médicos, jueces, y funcionarios de la secretaria municipal (secretario municipal), y conforme avanzamos hacia atrás en el tiempo las figuras de:  alguacil mayor, 1ª vara de alguacil mayor, teniente de alguacil mayor, subteniente de alguacil mayor, 2ª vara de alguacil mayor, capitán de las compañías de la Milicia de Alhaurín de la Torre, cura párroco único, escribano público del lugar...

La mayoría de información carece de interés real histórico, solemos encontrarnos pues lo típico, notificaciones sobre actualizaciones del catastro, reclamación de presos o fugados, convocatoria de concursos para cubrir plaza de cirujano, de profesor o profesora, para cubrir plaza de secretario...

Hay que tener en cuenta, o saber valorar en su justa medida, que para dar esa simple información de un alcalde hay que examinar todo el año de un Boletín Oficial de la Provincia de Málaga, para poder encontrar un edicto publicado y así acceder a la información.

También nos encontramos investigando en la documentación que se conserva del Cabildo de Málaga, o Ayuntamiento de Málaga, (Libro de Cabildo y Actas Capitulares) puesto que Alhaurín de la Torre no será independiente como municipio hasta 1810, por lo que todo lo que nos ocurre puede y está reflejado en la documentación del Ayuntamiento de Málaga. Eso ya es harina de otro costal, y es una fuente más antigua y más rica en datos, pero mucho más difícil si cabe de desentrañar por la grafía de los distintos escribanos, recordemos que esta documentación es manuscrita.



Año 1539

Simón de Manzanares, aparece como mayordomo y representante de Gutierre Lasso de la Vega.

Sección Nobleza AHN. Fernán Núñez. 01 de agosto de 1539.


Año 1540

Simón de Manzanares, aparece como mayordomo y representante de Gutierre Lasso de la Vega.

Sección Nobleza AHN. Fernán Núñez. 04 de julio de 1540. 

Año 1575

Andrés Pérez, criado y pagador de Gutierre Lasso de la Vega.
 Sección Nobleza AHN. Fernán Núñez. 22 de abril de 1575. 


Año 1593

Juan López Cano, alguacil de Alaurinejo.
 AMM. Actas de Cabildo de la ciudad de Málaga. Año 1593.
(Sesión de 8 de noviembre de 1593)

Año 1595

Bartolomé Pérez, alguacil de Alaurinejo.
 AMM. Actas de Cabildo de la ciudad de Málaga. Año 1595.
(Sesión de 12 de mayo de 1595)

Gregorio de Paz, escribano público y del cabildo de Alaurinejo.
 AMM. Actas de Cabildo de la ciudad de Málaga. Año 1595.
(Sesión de 21 de febrero de 1595)

Año 1596

Pedro de Espinosa, escribano en Alhaurinexo.

Sección Nobleza AHN. Fernán Núñez. 15 de agosto de 1596


Año 1601

Andrés Pérez, mayordomo y representante de Luis Lasso de la Vega.
 Sección Nobleza AHN. Fernán Núñez. 16 de febrero de 1601.


Año 1616

Juan de Reyes Montecinos (Montesinos). Alcalde del lugar de Alhaurín de la Torre.
Sección Nobleza AHN. Fernán Núñez. 04 de junio de 1616


Año 1625

Andrés Pérez, mayordomo y representante de Luis Lasso de la Vega.
 Sección Nobleza AHN. Fernán Núñez. 28 de septiembre de 1625.

Año 1637

Pedro Moreno Romo, diputado cabildo de Málaga.
(Vecino de Alhaurín de la Torre).
AMM. Sección de Propios, 56/12.

Año 1646

Pedro Moreno Romo, alcalde del Lugar de Alhaurín de la Torre.
AMM. Sección de Propios, 80/21.


Año 1656

D. Antonio de Quintana Godoy, capitán de la Compañía
de Infantería del Lugar de Alhaurín de la Torre.
AMM. Protocolo de Secretaría y Escribanía del Cabildo, Legajo 45.

Año 1671

 D. Andrés de Herrera, administrador de los bienes y rentas del Conde de Puertollano. 

AHN. Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez.  07/12/1671.
 

Año 1675
 
Manuel Moreno.
(MOLINA, 2005)

D. Juan Murillo Lozano, escribano del dicho lugar.
AHN. Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez.  16/10/1675.

Año 1677
 D. Juan Murillo Lozano, escribano del dicho lugar.
AHN. Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez.  19/11/1677.

Año 1681

Juan de Reyes, vara de Alguacil Mayor.
AHN, Clero 4370. (MOLINA, 2005)

D. Juan Murillo Lozano, escribano del dicho lugar.
AHN. Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez.  08/01/1681.

Juan Bautista Bruno, administrador del Conde de Puertollano.
 AHN. Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez. 24/01/1681.

Andrés de Herrera, administrador del Conde de Puertollano.
 AHN. Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez. 08/03/1681.


 Año 1683
 
Pedro Gómez.
(MOLINA, 2005)


Año 1687

Esteban García de Hornos, cura párroco de este lugar.
  AHN. Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez. 28/07/1687.

Pedro de Albelda Marín. Administrador del Conde de Puertollano.
 AHN. Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez. 25/07/1687.

 Año 1691

Juan Coronado.
AHN, Clero, 4370. (MOLINA, 2005)

Lucas López, Alguacil Mayor del lugar de Alhaurín de la Torre.
AMM. Sección de Propios, 74/18.

Miguel Leonardo de Baena, administrador del Conde de Puertollano.
AHN. Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez. 05/08/1681.

Año 1695


Juan Martín Abila (Ávila), alguacil Mayor del lugar de Alhaurín de la Torre.
 AMM. Actas de Cabildo de la ciudad de Málaga. Año 1694.


Año 1696

Antonio Martín Reyes, Alguacil Mayor
Pedro Guzmán, 2ª vara de alguacil.
AMM. Actas de cabildo de 1695.


Año 1697

Candidatos y orden:

Para Alguacil Mayor
1º Juan Barrionuebo.
2º Rodrigo Alonso Pacheco.
3º Francisco Barrionuebo.

Para 2º Alguacil Mayor (Teniente de Alguacil Mayor)
1º Francisco Moreno.
2º Francisco Sánchez.
3º Rodrigo Sánchez.

Ratificados (por el Cabildo de Málaga)
Juan Barrionuebo, Alguacil Mayor.
Francisco Moreno, Subteniente Alguacil Mayor.
AMM. Actas de Cabildo, 1696.

Año 1698

Candidatos y orden:

Para Alguacil Mayor

1º Pedro Gómez.
2º Francisco Barrionuebo.
3º Juan Martín de Abila.

Para 2º Alguacil Mayor (Teniente de Alguacil Mayor)

1º Andrés de Fuentes.
2º Francisco Ruiz.
3º Cristóbal Brabo.

Elegidos (por el Cabildo de Málaga)
Francisco Barrionuebo, Alguacil Mayor.
Andrés de Fuentes, 2º Alguacil Mayor.
AMM. Actas de Cabildo, año de 1697.

Año 1699

Candidatos y orden:

Alguacil Mayor
1º Antonio Barrionuebo
2º Francisco de Linares
3º D. Pedro de Guzmán.

Para 2º Alguacil Mayor (Teniente de Alguacil Mayor)
Cristóbal Brabo
Francisco Ruiz
Matheo González

Elegidos (por el Cabildo de Málaga)
Francisco de Linares, Alguacil Mayor
Cristóbal Brabo, 2º Alguacil Mayor.
AMM. Actas de Cabildo, año de 1698.

Joseph de Escuadra cura del lugar de Laurin de la Torre.

D. Leonardo de Herrera Palomo, capitán de la Compañía
de Milicia del lugar de Alaorin de la Torre.
AMM. Actas de Cabildo, año 1700.

Año 1700

Propuesto:
Rodrigo Alonso Pacheco, Alguacil Mayor.

(Nombrado por Cabildo)
Francisco Linares, Alguacil Mayor.
Juan Ruiz de Pedro, 2º Vara Alguacil Mayor.
AMM. Actas de Cabildo 1699.

Año 1701

Alonso Pacheco, vara de Alguacil Mayor.
Juan Ruiz de Pedro. 2ª vara de Alguacil.
AMM. Actas de Cabildo, año 1700.

Año 1703
 
Tomás Roca.
AHN, Clero, 4371. (MOLINA, 2005)

Año 1710

Alonso Guerrero, vara de Alguacil Mayor.
Joseph Moreno, 2ª vara de Alguacil.
AMM. Actas de Cabildo, año 1709.

Año 1711

Antonio de Barrionuevo, vara de Alguacil Mayor.
Juan de Reyes, 2ª vara de Alguacil.
AMM. Actas de Cabildo, 21 de enero 1711.

En otro documento indirectamente examinado, pero de este año, aparece Sebastián de Barrionuevo como alguacil mayor.

Año 1712

Alonso de la Cruz, vara de Alguacil Mayor.
Luis Pacheco, 2ª vara de Alguacil.
Antonio Bravo, notario público.
AMM. Actas de Cabildo, año 1711.

Año 1713
 
Francisco López Palomo, vara de Alguacil Mayor.
¿Alonso? de la Cruz, 2ª vara de Alguacil.
AMM. Actas de Cabildo, año 1712.

Año 1731

Marcos Barrionuevo, Alcalde de este dicho lugar 
 Sección Nobleza AHN. Fernán Núñez. 5 de mayo de 1731. 
Matías Moreno, Alguacil Mayor.
 Sección Nobleza AHN. Fernán Núñez. 24 de septiembre de 1731.


Año 1734

Francisco López del Águila, presbítero de Málaga, administrador del Mayorazgo del duque de Arco y del Conde de Puertollano.
AHN. Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez.  26/04/1734.

Año 1737
 
Francisco del Peral
AHPM. Legajo P5466. (MOLINA, 2005)

Año 1741

Francisco de Veces, vara de Alguacil Mayor.
Antonio de Veces. 2ª vara de Alguacil.
AMM. Actas de Cabildo, año 1740.

Juan Gregorio Prieto, escribano del Lugar.
AHN. Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez

Francisco López del Águila, presbítero de Málaga, administrador del Mayorazgo del duque de Arco y del Conde de Puertollano.
AHN. Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez.  01/06/1741.

Año 1748 

Pedro Soria, administrador de la hacienda del duque de Arco.

AHN. Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez. 17/05/1748.

Año 1751

Juan Pinzón. 
AHPM. Legajo P5466. (MOLINA, 2005).

Cristóbal de la Cruz Bravo
ARCG. Sección CAT. L56. (MOLINA, 2005).




Año 1758

Juan de Molina Gómez, apoderado del duque de Arco.
AHN. Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez.09/04/1758.
 
Año 1764

Francisco de Reyes.
AHPM. P5466

Año 1768

Marcos de Barrionuevo.
AHN. Sección Nobleza. FN942, 27. (MOLINA, 2005).

Año 1769

Francisco José de Bejar, vara de alguacil Mayor.
AHPM. P5467. (MOLINA, 2005).

  Año 1775

Francisco de Paula Solero, escribano de Alhaurín de la Torre.
AMM. Sección de Propios, 199/22.


Año 1777


 AHN. Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez. 17/04/1777.
Francisco del Rey y Bustos, administrador de la hacienda del duque de Arco.
AHN. Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez. 17/04/1777.

Año 1778

Marcos de Barrionuevo, alcalde de este lugar.
Juan de Molina y Gómez, apoderado de la hacienda del duque de Arco.
Francisco de Paula Solero, escribano en dicho lugar.
AHN. Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez.30/09/1778.

Año 1779

Bartholomé Moreno, alcalde de este lugar.
AMM, Propios 199/39.

Año 1790

Francisco de Paula Solero, escribano de Alhaurín de la Torre.
 AHN. Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez. 04/08/1790.

Carlos de San Barat, administrador de la hacienda del duque de Arco.
AHN. Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez. 04/08/1790.

Año 1793

Baltasar del Castillo, Procurador síndico, personero del común de la villa de Alhaurín de la Torre.
ES.28079. AHN/1.1.4.6.2// CONSEJOS, 27667, Exp.51.

Año 1795
 
Candidatos y orden:

Alcalde
1º D. Juan Pacheco Cortes. 
2º D. Pedro López.
3º D. Pascual Rodríguez.

Alguacil Mayor
1º D. Benito Martínez.
2º D. Felipe Pérez.
3º D. Salvador Martín.

(Confirmado por el Cabildo de Málaga)
D. Juan Pacheco Cortes, Alcalde.
D. Benito Martínez, Alguacil Mayor.
AMM. Actas de Cabildo, 1794.

Año 1796


Año 1798

Pedro López, Alcalde.
Alonso de la Cruz, Alguacil Mayor.
Rafael Solero Requena, Escribano del Lugar de Alhaurín de la Torre.

Año 1799

D. Juan Pacheco Peral, Alcalde.
D. Antonio Sánchez, Alguacil Mayor.
D: Francisco Fernández Corredor, cura único del lugar.

Año 1800

Juan Roca Barrionuevo, Alcalde.
Pedro Martín Barrientos, Alguacil Mayor.
Rafael Solero Requena, Escribano del Lugar de Alhaurín de la Torre.
AMM. Actas Capitulares 1799.

Año 1801

Antonio Serrano, Alcalde de Justicia del Lugar de Alhaurín de la Torre.
Rafael Solero Requena, Escribano del Lugar de Alhaurín de la Torre.
AMM. Actas de Cabildo, año 1800.

Año 1802

Antonio Serrano, Alcalde de Justicia del Lugar de Alhaurín de la Torre.
AMM. Actas de Cabildo, año 1801.


Año 1807

Carlos de Sambasart, Administrador de los Mayorazgos.
AHN. Sección Nobleza, Fondo Fernán Núñez. 3/02/1807.
  

Año 1838

D. Matías Segura.- Regidor primero.
D. Juan Cerón.- Secretario interino
D. Joaquín del Pino y Ruiz, Secretario destituido.
BOPMA, 10 de noviembre de 1838. 

Año 1841


D. Ciriaco de Luque Negrete, regidor.

Año 1843


D. Juan Barrionuevo Ortega, regidor.

Año 1844


D. Manuel Llaves, regidor.

Año 1845


Francisco Ortega Manzanares, alcalde.
BOPMA, Julio de 1845.

Año 1848


D. Juan Garrido Montes, alcalde constitucional de este lugar y presidente de este Ayuntamiento.
BOPMA, abril de 1848.

Año 1851


D. Antonio Vigar Moreno, alcalde constitucional de este lugar y presidente del Ayuntamiento.
Secretario, D. Juan Cerón.
BOPMA, 22 de enero de 1851.

Año 1852


D. Juan Bermolen y Relescilla, alcalde constitucional y presidente de este Ayuntamiento.
D. Manuel Sebastián de Luque, 2º teniente de alcalde.
D. Antonio Benítez Martín, regidor.
D. Francisco Rubio Díaz, regidor.
D. Francisco Vega Roca, regidor.
D. Juan Cerón, secretario.
-o-
D. Antonio Santiago, cura propio.
D. Ramón Dionicio de la Peña, maestro de instrucción primaria.
Dª. Josefa Serra, maestra de instrucción primaria.
D. Antonio Ruano, cirujano titular.
BOPMA, 28 de abril de 1852.

Año 1854

D. Antonio García del Cid.
BOPMA, Edicto de 10 de mayo de 1854.

Año 1855

 D. Manuel Rocha y Pacheco. Alcalde primero Constitucional interino de este lugar y su término.
Secretario.- D. Rafael Solero Dueñas.
BOPMA, Edicto de 11 de mayo de 1855.
  
D. Juan de la Cruz y Cruz. Alcalde Primero Constitucional y presidente de su Ayuntamiento.
Secretario.- D. Rafael Solero Dueñas.
BOPMA, Edicto de 13 de octubre de 1855.

D. José Mestanza Torres, 1º Juez de Paz.
D. Antonio García del Cid, 2º Juez de Paz.

D. Manuel Sebastián Luque, 1º Juez de Paz suplente.
D. Miguel Carrasco Serrano, 2º Juez de Paz suplente.
  
Año 1856

 D. Juan de la Cruz y Cruz, alcalde.
Secretario.- D. Rafael Solero Dueñas.
BOPMA, Edicto de 23 de octubre de 1856.

Año 1857

 D. Antonio Martín Moreno, alcalde.
Secretario.- D. Rafael Solero Dueñas.
BOPMA, Edicto de 28 de abril de 1857.

 D. Antonio García del Cid, alcalde.
Secretario.- D. Rafael Solero Dueñas.
BOPMA, Edicto de 28 de julio de 1857.
  
Año 1858

D. José Gallego Yanes (Llama), regidor 1º regente de alcalde constitucional
Secretario.- D. Rafael Solero Dueñas.
BOPMA, Edicto de 7 de mayo de 1858.

 D. Antonio García del Cid, alcalde constitucional.
Secretario.- D. Ramón del Castillo.
BOPMA, Edicto de 22 de diciembre de 1858.

Año 1859

  D. Cristóbal Montoya Barrionuevo, 1º teniente de alcalde.
Secretario interino.- D. Ramón de Castro.
BOPMA, 3 de enero de 1859.

D. Francisco Luque Martín, 1º teniente de alcalde constitucional.
Secretario.- D. Francisco Rodríguez.
BOPMA, 1º de junio de 1859.

D. Francisco de Luque Martín, 1º teniente de alcalde.
Secretario.- D. Ramón del Castillo.
BOPMA, Edicto de 9 de agosto de 1859.

Año 1860

 D. José Serrano González, 2º teniente de alcalde.
Secretario.- D. Rafael Solero Dueñas.
BOPMA, Edicto de 21 de febrero de 1860.

D. Juan José Serrano, presbítero de esta vecindad.
AHN. Sección Nobleza, Fondos Fernán Núñez.

D. Francisco Luque Martín, alcalde.
Secretario.- D. José Domínguez.
BOPMA, Edicto de 13 de marzo de 1860.

D. Francisco Luque Martín, alcalde.
Secretario.- D. José Domínguez.
BOPMA, Edicto de 14 de agosto de 1860.

D. Francisco Luque Martín, alcalde.
Secretario Interino.- D. Francisco de Paula Solano.
BOPMA, Edicto de 11 de diciembre de 1860.

Año 1861

D. Antonio Vigar Benítez, alcalde constitucional presidente de su ayuntamiento.
Secretario Interino.- D. Francisco de Paula Solano.
BOPMA, Edicto de 5 de julio de 1861.

Año 1862


D. Antonio Vigar Benítez, alcalde constitucional.
BOPMA, Edicto 22 de octubre de 1862.

Año 1865


D. José Urbaneja Cañamero, alcalde constitucional.
Secretario.- D. Juan Antonio Terreros Vidal.
BOPMA, Documentación de 31 de noviembre de 1865.


Año 1878
 
Alcalde.- D. Antonio Gómez Ramírez.
Tenientes.- D. Antonio Cubero González.
D. Juan Vela García.
Secretario del Ayuntamiento.- D. Ramón Salvador.
Juez Municipal.- D. Juan Herrera Gómez.
Fiscal.- D. Pascual Martínez Moral.
Secretario.- D. Rafael Code Burguillo
Medico.- D. Alfredo Moreno
 Recaudador de contribuciones Agrupación de Alhaurín de la Torre.- D. Pablo Ibarra.
Cura.- D. Juan García Romero. 
Capitán de la undécima compañía.- D. Eduardo Moreno y Bueno, Alhaurín de la Torre. (Guardia Civil) 
Maestro de primeras letras.- D. Rafael Gerada.
Maestro de primeras letras.- Dª Dolores Villa.

Lorenzo L Muñiz: " Guía de Málaga y su provincia para 1878". Málaga. Establecimiento tipográfico de Las Noticias, 1878. Recurso digital de la Europeana Collections. Biblioteca Pública del Estado - Biblioteca Provincial de Málaga — Signatura: 80



Año 1879


Profesor de Instrucción Pública.- D. Rafael Gerardo Llenin.
Fiscal Municipal.- D. Pascual Martínez.
Notarios.- D. José María Lara Paniagua.
D. Rafael Solero y Dueñas.

Anuario - almanaque del comercio, de la industria, de la magistratura y de la administración. 1879.


Año 1881

Profesor de Instrucción Pública.- D. Rafael Gerardo Llenin.
Fiscal Municipal.- D. Pascual Martínez.
Notarios.- D. José María Lara Paniagua.
D. Rafael Solero y Dueñas.

Anuario del comercio, de la industria, de la magistratura y de la administración. 1881.

Año 1882


Año 1883

Profesor de Instrucción Pública.- D. Rafael Gerardo Llenin.
Fiscal Municipal.- D. Pascual Martínez.
Notarios.- D. José María Lara Paniagua.
D. Rafael Solero y Dueñas.

Anuario del comercio, de la industria, de la magistratura y de la administración. 1883.

Año 1885
 
Alcalde.- D. Francisco Barrionuevo.
Secretario.- D. José Antonio Lahoz.
Juez Municipal.- D. José Vega.
Fiscal.- D. Pedro Martínez.
Secretario.- D. Antonio Avancino.
Párroco.- D. Teodoro de Haro.

Anuario del comercio, de la industria, de la magistratura y de la administración. 1885.


Año 1887
 
Alcalde.- D. Francisco Barrionuevo.
Secretario.- D. José Antonio Lahoz.
Juez Municipal.- D. José Vega.
Fiscal.- D. Juan Mestanza.
Secretario.- D. Antonio Avancino.
Párroco.- D. Teodoro de Haro.

Anuario del comercio, de la industria, de la magistratura y de la administración. 1887.

Año 1888
 
Alcalde.- D. Francisco Barrionuevo.
Secretario.- D. José Antonio Lahoz.
Juez Municipal.- D. José Vega.
Secretario.- D. Antonio Avancino.
Párroco.- D. Teodoro de Haro.
Médico.- D. Alfredo Moreno. 

Anuario del comercio, de la industria, de la magistratura y de la administración. 1888.

Año 1903

 Alcalde.- D. Manuel Rocha.
Secretario.- D. Antonio Villa.
Juez Municipal.- D. José Rocha Benítez.
Secretario.- D. Manuel Rubio.
 Fiscal.- D. Antonio Vega Cruz.
Párroco.- D. Miguel García González.
Médico.- D. Francisco G. Méndez de Sotomayor.

Anuario Zambrana. Guía del Forastero en Málaga e indicador general de la provincia. 1903. Tipográficas Zambrana Hermanos, 1903.


Año 1905 


Alcalde.- D. Juan Martínez Velasco.
Secretario.- D. Antonio Villa Torriglia.
Juez.- D. José Rocha.
Secretario.- D. José Medina.
Párroco.- D. Atanasio Pérez.
Farmacéutico.- D. Antonio Sánchez Esquiano.
Médico.- D. Ramón Barrabin Ladero.
 
Fuente:
Pérez López y Superviele, E.: "Guía oficial de Málaga y su provincia para 1905". 1905.  Referencia 1089 de la Biblioteca Cánovas del Castillo de la Diputación de Málaga.


Año 1907

Alcalde.- D. Baltasar Martín.
Secretario.- D. Antonio Villa Torriglia.
Juez.- D. José Rocha.
Secretario.- D. Francisco Vega.
Párroco.- D. José Reina Ruiz.
Coadjutor.- D. Diego López.
Profesor de Instrucción pública.- D. Bartolomé Torés.
Auxiliar.- D. Manuel Ortega.
Profesora.- Dª Narcisa Antigüedad.
Auxiliar.- Dª Ana María Cantero.

Fuente:
"Almanaque de la ciudad y obispado de Málaga para el año 1907". Referencia 11204 de la Biblioteca Cánovas del Castillo de la Diputación de Málaga. Véase otra entrada en este blog de este año,  http://arqueologialhaurintorre.blogspot.com.es/2016/03/estampa-de-alhaurin-de-la-torre-en-el.html





Esta lista la iremos actualizando conforme vayamos localizando más cargos electos.




José Antonio Santamaría García.